El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) cuenta con una gran variedad de ayudas para las personas que se quedan desempleadas para poder afrontar el mes mientras sale un puesto de trabajo. En este caso, hacemos referencia a un último recurso denominado Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Se trata de una de las medidas que se puso en marcha en los Presupuestos Generales del Estado 2018 y consta de una ayuda de 480 euros al mes, dirigida a aquellos/as que hayan consumido el paro y que sigan sin encontrar trabajo. Respecto a su duración, esta será de 6 meses como máximo y se ingresará entre los días 10 y 15 del mes inmediato.
Requisitos para poder pedir el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED): generales y específicos
El Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) cuenta con unas características que hacen que esta ayuda tenga diferentes requisitos, según para quién vaya dirigida. Por ello, dicha ayuda del SEPE, puede ir para personas que hayan extinguido cualquier subsidio por desempleo a partir del 5/07/2018 o agotado, entre el 1/03/2018 y el 4/07/2018 y para paradas de larga duración. En ambos casos, existen una serie de requisitos generales, tales como:
- No contar con el derecho a protección por desempleo a nivel contributivo.
- No tener la edad para acceder a la pensión de jubilación (contributiva o no).
- Carecer de ingresos por encima del 75% del SMI, sin contar la parte proporcional de las pagas extras.
- Haber finalizado el último trabajo de forma involuntaria en caso de haber trabajado después de agotar el último derecho.
- No haber recibido antes la ayuda de acompañamiento del PAE (Programa de Activación para el Empleo).
- No trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido el contrato de trabajo, cuando se solicite dicha ayuda.
- Que el SED no haya sido antes recibido.
Cuáles son los requisitos específicos de esta ayuda del SEPE
Basándose en la información anterior, vamos a diferenciar los dos perfiles existentes para que puedas comprobar los requisitos de una y otra situación. De esta manera, además de cumplir con el perfil anterior, debes tener en cuenta la siguiente información según tu situación.
Parados de larga duración
Lo primero de todo, es necesario haber extinguido por agotamiento alguna de las prestaciones que indicamos a continuación:
- Prestación por desempleo o el subsidio por desempleo
- Ayudas económicas vinculadas al:
- Programa de renta activa de inserción (RAI), programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI) o programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo (PREPARA).
En segundo lugar, se tiene que haber estado inscrito como demandante de empleo, un mínimo de 360 días y en los 18 meses previos a la solicitud. Además, se debe haber estado realizando la búsqueda de empleo durante el mes previo a la solicitud del SED.
Requisitos para aquellos que agotaron el subsidio por desempleo desde el 1/03/208
En este caso, se tiene que haber estado inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agotó el subsidio. Además, no se puede haber rechazado ninguna actividad del compromiso que se pacta y acreditar las acciones del BAE. No obstante, dentro de este colectivo no se hallan los que hubieran agotado las siguientes prestaciones:
- Subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años por llegar a la edad que da derecho al acceso a la pensión contributiva de jubilación.
- Subsidio por desempleo o la renta agraria, de aquellas personas incluidas en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
- RAI, PRODI o PREPARA.
Cómo se puede solicitar el SED: documentos a presentar
Todas las personas interesadas en esta ayuda que cumplan con los requisitos antes descritos, pueden pedir este Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) del SEPE de varias maneras. Para ello, es necesario presentar la solicitud a través de alguna de las siguientes formas:
- Oficinas de prestaciones, con cita previa en la sede electrónica o por teléfono.
- Cualquiera de las oficinas de registro público.
- Por correo administrativo.
Respecto a la documentación a presentar, se necesita el modelo de solicitud, DNI, NIE, TIE y pasaporte, documento bancario donde aparezca el titular, certificado de discapacidad por el INSS, IMSERSO u organismo (hijos mayores de 26 años) y justificante de rentas.
Recuerda que puedes realizar muchas más gestiones para otros temas relacionados con pedir ayudas o realizar otros papeleos, acudiendo a la sección de trámites de la Comunidad de Andalucía.