Desde mediados del pasado mes de noviembre, el Ministerio de Educación está enviando a las personas solicitantes, las resoluciones provisionales de las Becas MEC para el curso 2023-2024. Recordemos que estas ayudas económicas están dirigidas a los estudiantes matriculados en niveles postobligatorios. Si no estás de acuerdo con la resolución de tu Beca, puedes presentar una reclamación, dentro del plazo establecido, según cada caso.
Estos son los 3 tipos de reclamaciones que puedes poner en marcha si no te conceden la Beca MEC
Cómo todos los años, el Ministerio de Educación pone en marcha las Becas MEC, destinadas a financiar los estudios de los alumnos matriculados en Bachillerato, Formación Profesional o en la Universidad. En estos momentos está procediendo a la notificación de la resolución provisional por vía telemática, mediante el envío de un SMS y de un correo electrónico a las personas interesadas. En caso de no estar de acuerdo, existen 3 tipos de reclamación:
Alegaciones
Las alegaciones se hacen rellenando el formulario, una vez recibida la resolución provisional en la sede electrónica. Se utiliza para corregir los errores que se hayan detectado, como por ejemplo en datos académicos o económicos. El plazo de presentación es de 10 días hábiles, es decir, sin contar con sábados, domingos ni festivos, desde que el interesado/a descargue la notificación en la sede electrónica. También, hay que advertir que si en 10 días tampoco se ha consultado la notificación, la administración la considerará como comunicada.
Recurso de reposición
Los recursos de reposición se hacen cuando la resolución es definitiva, es decir, desde el día después en el que se publiquen las listas en la página web dedicada a las Becas del Ministerio de Educación. Cuando llegue el momento, habrá que rellenar el impreso que estará disponible en el apartado “Formularios para reclamar”. El plazo de presentación es de un mes.
Recurso contencioso-administrativo
La vía contencioso-administrativa se utiliza también cuando la resolución de la Beca es definitiva y la administración no ha hecho caso a la reclamación presentada mediante el recurso de reposición. Es, por tanto, el último medio que queda para efectuar una reclamación. Sin embargo, hay que observar que, en este caso, se trata de un procedimiento judicial, que conlleva ciertas formalidades y de un coste económico. Para interponerlo, hay de plazo 2 meses desde que salen publicadas las listas definitivas.
Los 3 pasos para presentar la reclamación si no se está de acuerdo con la resolución de la Beca MEC
Dejando a un lado el recurso contencioso-administrativo, que se presenta siguiendo las formalidades y requerimientos relacionados con la vía judicial. Para presentar una alegación o un recurso de reposición, hay que seguir un proceso sencillo, que puede realizar directamente la persona que no está de acuerdo con la resolución de su Beca. Tan solo hay que dar estos 3 pasos:
- Descargar el formulario que corresponda: De momento solo está disponible la presentación de alegaciones, ya que las resoluciones son aún provisionales.
- Imprimir el formulario y rellenarlo.
- Entrégalo en la Unidad de Becas que corresponda al centro educativo en el que se haya matriculado el/la estudiante. La dirección a la que hay que enviarlo, aparece en la resolución recibida por el/la interesado/a. A veces, da la posibilidad de enviarlo de forma telemática.
Para más noticias relacionadas con otros trámites, ayudas o prestaciones, descubre la información que te ofrecemos a diario en nuestro portal web de noticias de la comunidad autónoma de Andalucía.