El Gobierno plantea que los trabajadores pertenecientes a unos determinados sectores laborales tengan la posibilidad de jubilarse antes de la edad legal establecida. Recordemos que, según la normativa vigente, es de 66 años y 6 meses, en 2024. Así lo han expuesto los representantes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la última reunión mantenida el pasado lunes con la patronal y los sindicatos.
Se estudia la jubilación anticipada en ocupaciones laborales con alta siniestralidad
Desde el Ejecutivo, se plantea ahora que las personas que trabajen en sectores, en los que se dé un alto índice de bajas y de accidentes laborales, puedan obtener una jubilación anticipada, sin perder cotización. Es, por tanto, una medida para favorecer que los empleados alcancen antes la condición de pensionistas, en ocupaciones laborales con alta siniestralidad, que dan lugar a incapacidades permanentes, por su peligrosidad.
La ley ya permite la jubilación anticipada a los empleados de estos sectores
La Seguridad Social permite la jubilación anticipada por razón de grupo o actividad profesional. La ley ya contempla este hecho para personas con profesiones, caracterizadas por la penosidad, toxicidad de las condiciones laborales, que ahondan en la peligrosidad de las condiciones de trabajo. Estos son los trabajadores que pueden jubilarse antes, sin perder cotización, a día de hoy, hasta que entre una nueva normativa, según indica la web de la Seguridad Social:
- Policías locales.
- Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
- Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
- Personal de vuelo de trabajos aéreos.
- Trabajadores ferroviarios.
- Artistas.
- Profesionales taurinos.
Descubre más información de actualidad entrando en nuestra plataforma web de la comunidad autónoma de Andalucía. Síguenos para estar informado de las noticias más relevantes, que son del interés para las ciudadanas y ciudadanos andaluces.