Hay determinados casos en los que las personas beneficiarias tendrán que decir adiós al Ingreso Mínimo Vital. En concreto, nos referimos a las incompatibilidades para compaginarlo con el cobro de otras ayudas. La Seguridad Social es la encargada de gestionar el IMV, una prestación creada para garantizar la subsistencia de las unidades de convivencia en riesgo de exclusión. Veamos en qué casos surgen estas incompatibilidades.
La Seguridad Social señala estas incompatibilidades que impiden cobrar el Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social señala una serie de incompatibilidades que impiden cobrar el Ingreso Mínimo Vital y otras prestaciones al mismo tiempo. En primer lugar, la percepción del IMV no se puede compaginar con la prestación económica por hijo o menor a cargo con o sin discapacidad inferior al 33%. También, ese caso, tampoco es compatible el complemento de ayuda a la infancia.
Por otra parte, desde el año pasado, el/la beneficiario/a del IMV no podrá recibir pensiones asistenciales, es decir, pensiones no contributivas (PNC), que en el caso de Andalucía se gestionan a través de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Puedes salir de dudas utilizando el simulador web del IMV
Para salir de dudas y comprobar si tienes derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital, puedes usar el simulador web del IMV, que pone a disposición de los usuarios/as la Seguridad Social. En el mismo, se te harán algunas preguntas sobre tu situación personal y familiar. Según tus respuestas, el programa determinará si tienes derecho a cobrarlo. En caso afirmativo, si recibes otra ayuda, tendrás que elegir cuál es la que más te conviene, y dejarla, en su caso, si te interesa cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
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