Vivir con familiares mayores, como tus padres o abuelos, puede ofrecerte notables ventajas fiscales cuando llega el momento de presentar la Renta. Si estás cuidando a un familiar de edad avanzada, o que presenta algún grado de discapacidad reconocida, y dicha persona tiene ingresos bajos o nulos, debes conocer las oportunidades fiscales de las que puedes sacar partido en la próxima declaración de IRPF.
Ventajas en el IRPF si tienes al cuidado a personas mayores o con discapacidad
Tener a un familiar directo mayor de 65 años o con discapacidad viviendo contigo, puede abrir la puerta a varias ventajas fiscales en tu próxima declaración de la Renta. Estos beneficios se traducen en un ahorro de cientos o incluso miles de euros, según sea el caso. En primer lugar, para empezar, una parte de tus ingresos va a quedar exenta de tributación, sobre todo, la destinada a cubrir las necesidades básicas de tu familia.
Requisitos que deben cumplirse para beneficiarse de estas ventajas fiscales
Estas son las condiciones que aplica Hacienda a los ascendientes a cargo, para poder beneficiar de las ventajas fiscales:
- Ser mayor de 65 años o tener una discapacidad reconocida del 33% o más.
- Ingresos anuales inferiores a 8.000 euros.
- No estar obligados a presentar la declaración de IRPF por ingresos superiores a 1.800 euros.
- Vivir contigo más de la mitad del año, demostrable mediante empadronamiento.
Deducciones que puedes aplicar en la próxima declaración de la Renta
La cantidad de las deducciones varían según la edad y el grado de discapacidad del familiar. Incluyen un mínimo general, así como otras adicionales por discapacidad, dependiendo del grado reconocido y si se necesita, por ejemplo, asistencia de terceros o en caso de movilidad reducida. Estas son algunas de las deducciones aplicables:
- Alojar a un ascendiente discapacitado no solo te permite aumentar tus mínimos familiares, sino también acceder a deducciones de hasta 1.200 euros al año, con posibilidad de pago anticipado.
- Algunas comunidades ofrecen deducciones adicionales en la cuota autonómica por tener a cargo ascendientes, incrementando aún más tu ahorro fiscal.
¿Qué ocurre si el familiar al que cuido no es un ascendiente directo?
En el caso de que el familiar al que cuidas no sea un ascendiente directo, es decir, si te ocupas de la manutención de un tío o de un hermano, las ventajas fiscales son menos directas, pero también son posibles en estos casos:
- Deducción por pensión alimenticia judicialmente fijada.
- Aplicación del mínimo por descendientes en casos de curatela o acogimiento legal.
- Deducciones autonómicas por acogimiento de mayores de 65 años.
En conclusión, conocer estos beneficios fiscales puede aliviar en gran medida la carga económica de cuidar a familiares mayores, permitiéndote aprovechar al máximo las oportunidades de ahorro en tu próxima declaración de la renta. Recuerda que puedes conocer más información sobre otros trámites en nuestra web de la comunidad autónoma de Andalucía.