¿Has oído hablar de la desconexión digital? Llega la época de vacaciones, y con ello la desconexión tan necesaria que necesitan los empleados/as después de un año intenso de trabajo. Pero con el desarrollo de las nuevas tecnologías, se ha facilitado en gran medida, que puedan comunicarse con nosotros, independientemente del día y hora que sea. Cada vez es más habitual, que las empresas envíen mensajes o llamen a sus empleados/as en horario de descanso, ya sea en un día no laboral o por estar de vacaciones, algo que no debería de pasar y que ya está sancionado con multas muy elevadas. Hay que tener consciencia que la desconexión digital es un derecho que todas las personas tienen fuera de su jornada laboral, y que por lo tanto no están obligadas a atender ningún tipo de llamada, mensaje o correo por parte de sus jefes.
Estas son las sanciones y multas que acarrea saltarse la normativa
Según la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales del 2018, en su articulado (88) dispone que “Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.” En consecuencia, el derecho de desconexión digital es aplicable tanto a directivos como empleados y se llevará a cabo una vez terminado el turno de trabajo y se esté disfrutando del descanso diario, semanal o por vacaciones.
Para llevar a cabo esta medida, y hacer un buen uso de ella, la empresa deberá de disponer de los controles apropiados de la jornada laboral así como utilizar un sistema de control horario como establece la ley. Un ejemplo sería, fichar a la entrada y salida del turno laboral.
En cuanto a las sanciones, las inspecciones de trabajo pueden multar a las empresas que no lleven a cabo el derecho de desconexión digital y molesten o perturben el descanso de sus trabajadores. Las sanciones podrán ir desde 626 euros a 6.250 euros, y en los casos de reincidencia y más graves estas multas pueden alcanzar los 187.215 euros.
¿Qué hago si mi jefe me llama durante mi periodo vacacional?
En el caso de que tu jefe/a se ponga en contacto contigo, ya sea por teléfono, WhatsApp o correo electrónico, no tienes obligación de responder si estás de vacaciones o en los descansos establecidos por ley. A esta situación le precede una excepción, y es que si el trabajador/a ha firmado un acuerdo de disponibilidad fuera del horario laboral, deberá de atender las comunicaciones que requiera la empresa.
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