Las prestaciones de la Seguridad Social están para proteger a los ciudadanos/as. La mayor parte de estas ayudas son de tipo económico, y son muy necesarias para garantizar la subsistencia y calidad de vida de las personas. Por ejemplo, en caso de sobrevenir una enfermedad o un accidente, que conlleve la pérdida de la capacidad total o parcial de poder realizar una activad laboral. Sin embargo, existen unos periodos mínimos de cotización para poder acceder a cada una de ellas.
Estos son los requisitos de cotización necesarios para poder acceder a las prestaciones de la Seguridad Social
Podemos clasificar las prestaciones de la Seguridad Social en 4 grupos de prestaciones. Según cada caso, hay que observar una serie de requisitos específicos y certificar que se han cumplido con los periodos de cotización establecidos según la normativa vigente. Veamos con más detalle, las condiciones que se necesitan cumplir para poder acceder a cada tipo de ayuda.
Pensión de Jubilación Ordinaria
Para conseguir una pensión de jubilación, aparte de tener cumplida la edad legal establecida en cada momento, hay que haber cotizado como mínimo por 15 años, es decir, 5.475 días, de los cuales, 2 de ellos debe estar comprendidos en los 15 años anteriores a la fecha solicitarla. Aunque, por ese periodo de cotización solo se tendrá derecho a percibir el 50% de la base reguladora.
Prestaciones por Incapacidad Permanente
En este caso, la cotización varía según los grados en los que esté clasificada la incapacidad. Aunque, en todos se debe cumplir la condición de que la persona trabajadora no tenga la edad legal de jubilación, es decir, en 2023: 67 años o 65, en caso de acreditar una cotización de 38 años y 6 meses. Estos son los periodos de cotización según cada caso:
- Incapacidad Permanente Parcial: Se necesita cotizar por al menos 1.800 días. Los menores de 21 años deben acreditar la mitad de días desde que cumplieron 16 años, hasta que cause efecto la baja.
- Incapacidad Permanente Total, varía según los años:
- Menores de 31 años: Se exige haber cotizado por la tercera parte del tiempo entre los 16 años y el hecho causante.
- Mayores de 31 años: En este caso se pide una cuarta parta parte, dentro de ese mismo periodo.
- Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez: Si es a consecuencia de un accidente no laboral o de una enfermedad común, es de 15 años, 3 de los cuales deben estar en los 10 últimos. En cambio, si se debe a un accidente o enfermedad laboral, no exige periodo mínimo de cotización.
Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor
La Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, protege al trabajador remunerando su periodo de descanso para atender el nacimiento, adopción o acogimiento familiar de un menor. Para ser beneficiario/a, tan solo hay que estar afiliado y estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Los menores de 26 años: necesitan haber cotizado al menos 3 meses en los 7 años anteriores a la hora de solicitar el derecho y 180 días de cotización a en el total de su vida laboral.
- A los mayores de 26 años: Se les pide el doble de días de cotización, es decir, 6 meses y 360 días, respectivamente.
Prestaciones por Muerte y Supervivencia
En este grupo se encuadran 2 ayudas, según recoge el Régimen General de la Seguridad Social. Nos referimos a la Prestación de Viudedad y la Prestación de Orfandad. En ambos casos, si el fallecimiento de la persona que causa el derecho es debido a un accidente o enfermedad laboral, no se necesita una cotización mínima. En cambio, si el deceso se produce por una enfermedad común o un accidente no laboral, si se debe acreditar haber cotizado durante 500 días ininterrumpidos en los 5 años anteriores.
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