La Seguridad Social desarrolló en 2022 un complemento de ayuda a la infancia ligado al Ingreso Mínimo Vital (IMV) para combatir la pobreza infantil. Un mal que, según Save the Children, en 2021 afectaba a 2,2 millones de menores, un 28,3% del total. De este complemento, que supone una ayuda económica de hasta 115 euros por hijo, podrán beneficiarse familias con bajos recursos que cumplan una serie de requisitos. Además de tener un menor, estas familias no podrán superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el Ingreso Mínimo Vital. Además, no deben superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia.
¿De cuánto es la ayuda por cada hijo a cargo?
En 2023, varias prestaciones sociales fueron revalorizadas; en el caso del complemento de ayuda a la infancia dicha revalorización fue del 8,5%, por lo que para este año, las cuantías a percibir serán actualizadas. En esta ayuda por hijo para padres con rentas bajas, se tendrá en cuenta la edad del menor y el número de hijos a cargo.
Edad del menor | Cuantía a percibir |
Menores de 3 años | 115 € |
Entre 3 y 6 años | 80,50 € |
Entre 7 y 18 años | 57,50 € |
Por tanto, una familia que tenga 2 niños/as menores de 3 años podrá percibir 230 € como ayuda. Este complemento no necesita tramitación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo adjudica de oficio a las familias que cumplan con los requisitos. Si no percibes el IMV pero quieres saber si estás en disposición de cobrar el complemento, puedes acceder a este simulador oficial del IMV. Si no te han reconocido la ayuda por hijo por defecto, también puedes solicitarla en su sede electrónica.
¿Cumplo los requisitos para percibir el complemento de ayuda a la infancia?
Como te decíamos anteriormente, el complemento de ayuda a la infancia supone un apoyo por hijo a familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital o una renta baja. Por lo que, las personas aptas para recibirlo deben cumplir alguna de las siguientes razones:
- Contar con el Ingreso Mínimo Vital en la actualidad.
- Haber solicitado el Ingreso Mínimo Vital y tenerlo en trámite.
- Los beneficiarios de la prestación de protección familiar con menores a cargo sin discapacidad o con una discapacidad menor al 33% que cumplan los requisitos.
Si tras todo lo que te hemos contado crees que debes percibir la prestación y no te la han reconocido de oficio, te recomendamos que te dirijas a su sede electrónica. Para más noticias relacionadas con prestaciones en Andalucía, te invitamos a visitar nuestra plataforma Andaluciainforma.es.