Si eres una persona trabajador/a debes saber qué tipos de permisos retribuidos son los que existen en España, y a cuáles de ellos tienes derecho. Todos estos detalles se pueden observar en el Estatuto de los Trabajadores y es bueno conocerlos por si alguna vez no podemos acudir a nuestro puesto de trabajo. En este sentido, con la aprobación de la Ley de Familias, se amplía el número de permisos, para tener una mayor conciliación familiar y laboral. A continuación, vamos a mostrar los permisos retribuidos que puedes disfrutar, si estás trabajando. No obstante, si eres funcionario o empleado público, dichos permisos se van a establecer por el Estatuto Básico del Empleado Público. Bien, los días que puedes faltar a tu trabajo son los siguientes:
Por nacimiento de hijo prematuro o que pertenezca hospitalizado
Cuando ocurra esta situación, el trabajador tiene derecho a una hora de ausencia en su puesto de trabajo como permiso retribuido y la opción de reducir la jornada hasta 2 horas máximo, disminuyendo su salario.
Después del nacimiento o adopción
Este caso da derecho a ambos progenitores a ausentarse del trabajo durante 16 semanas, 6 de ellos obligatoriamente después del parto, con jornada completa e ininterrumpida. Se conoce como “prestación por nacimiento o cuidado de un menor”, “baja paternal”o “permiso por paternidad”, y que este año 2024, aumentará.
Permiso paternal y no retribuido
Dicho permiso no será retribuido y tendrá una duración de hasta 8 semanas para cuidar del hijo/a hasta que cumplan los 8 años. La forma de disfrutarlo puede ser continua o discontinua, siendo posible hacerlo tanto en jornada completa o en régimen parcial.
Durante el embarazo o adopción
Realizar las pruebas prenatales o técnicas de preparación al parto, casos de adopción, guarda o acogimiento, durante el tiempo indispensable para ello. Este premiso retribuido se hará siempre que las tareas se den en el horario de trabajo.
Cambio de estado civil
Cuando una persona se casa por la iglesia o por lo civil, cada uno de los integrantes de dicha pareja tendrá 15 días naturales como permiso retribuido.
Por lactancia
En estas situaciones, los permisos retribuidos son de una hora y que pueden dividirse en 2 fracciones y así cuidar del bebe hasta que cumpla los 9 meses de edad. Si existen fines de adopción y acogimiento múltiples, se podrá incrementar el tiempo. Además, es posible aplicarlo a una reducción de media hora de la jornada laboral para lo mismo o acumular en jornada completa.
Por fallecimiento
Se darán 2 días cuando fallezca el cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este periodo puede llegar a 4 días, en caso de que haya que desplazarse a otra ciudad.
Formación empresarial
Para estos contextos, cuenta con 20 horas al año para formarse en aspectos vinculados a la empresa y acumulables por un total de 5 años (si llevas al menos 1 año en la empresa). Dicho disfrute se establecerá por acuerdo entre trabajador y empresa.
Mudanza o cambio de casa
Cuando realizamos una mudanza para trasladarnos a otro domicilio, dispones de un día como permiso para realizar dicho traslado.
Cuidado de familiares
El premiso retribuido será de 5 días cuando exista un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera de reposo domiciliario. Además, tendrás derecho al mismo, en el caso de cuidar de otras personas distintas a las que convivan con el trabajador/a.
Otros tipos de permisos según las normas establecidas
Además de las anteriores, que suelen ser los más comunes, existen otros permisos contemplados en el Estatuto de los Trabajadores, y de los que vamos a indicar algunos de ellos:
- Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal (donar sangre, sufragio, renovar el DNI…), por el tiempo indispensable.
- Para buscar trabajo por despido improcedente de 6 horas durante el periodo de preaviso.
- Desplazamiento laboral, con 4 días por cada desplazamiento temporal de tres meses.
- Permiso de fuerza mayor de 4 días, se puede disfrutar por horas sueltas o por días, sin perder nada del sueldo.
- Funciones sindicales o representa del personal.
Todos los permisos que queramos disfrutar y aunque tengamos derecho, hay que avisar a la empresa y justificar dichas faltas si fuera necesario. Recuerda que siempre puedes echar un vistazo a otras noticias sobre prestaciones en Andalucía, accediendo al apartado correspondiente.