La inversión en criptomonedas ha crecido de manera exponencial en los últimos años. Por este motivo, Hacienda incluye este tipo de activos en sus planes tributarios. Los contribuyentes que realizar transacciones con Bitcoin, Ethereum o cualquier otro tipo de moneda virtual, están obligados reflejarlo en la próxima declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Operaciones con criptomonedas que tributan en la declaración de la Renta
Las criptomonedas deben de tributar en la declaración de la Renta, según el uso que se les haya dado. Por ejemplo, la compra de criptomonedas no está obligada. Sin embargo, los ciudadanos/as sí que deben declarar las operaciones relacionas con el intercambio y la permuta de bienes.
También, debe reflejarse en el IRPF si se venden estos activos a cambio de euros, o en caso de que den lugar a una ganancia para la persona que hace la venta. Aun siendo un bien intangible, el intercambio de una moneda virtual por otra conlleva una pérdida o una ganancia patrimonial, según sea el caso, y como tal está obligado a tributar según la Ley del IRPF.
Tipos impositivos a los que tributa en la Renta la venta de criptomonedas
Podemos concluir que las criptomonedas están obligadas en la declaración de la Renta debido a su valor de mercado y porque generan una ganancia con sus transacciones. Por consiguiente, en caso de bases del ahorro positivas, es decir, si se producen ganancias de capital, deben tributar según se especifica a continuación:
- Por los primeros 6.000 euros: 19%.
- De 6.000 a 50.000: 21%.
- De 50.000 a 200.000: 23%.
- Más de 200.000 euros: 26%.
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