Cuando se recibe una herencia, no siempre son buenas noticias, ya que puede ser que traiga una ruina económica más que beneficios o incluso que termine con una relación familiar. Además, se trata de un proceso un poco lioso y costoso, aunque este, no es el caso del porqué renunciar a una herencia. En España, cerca de un 15% de los herederos prefieren renunciar a ella porque suele ser un problema que viene disfrazado de tesoro.
El repudiar una herencia es algo irrevocable e individual. Además, no es posible coger una parte de la herencia y otra no, y en caso de ser menor de edad, tendrán que actuar en su nombre en los representantes. Es importante saber que no es posible aceptar una herencia sin tener constancia de ello, y, por tanto, bastará con comparecer ante notario y renunciarla.
Así es como se procede a renunciar una herencia
Renunciar a una herencia, es un derecho que puede ejercer cualquier persona, independientemente de quién está heredando. Para realizar este trámite es necesario formalizarse de forma expresa y ante notario, presentando el certificado de defunción, el testamento o declaración de herederos. Esto conlleva un coste que suele ser de una media de 50 euros. Además, existe “el derecho a deliberar, que sirve para examinar el estado de la herencia, antes de decidirse por la aceptación o repudiación de la misma”.
El Código Civil no establece plazo para renunciar una herencia, y tampoco se puede repudiar antes del fallecimiento. En este aspecto, no se puede ejercitar tal renuncia hasta pasados 9 días de la muerte del testador. Ahora bien, en caso de no pronunciarse, existe un plazo de 30 días naturales para contestar al notario, y en su defecto, se entenderá que se acepta pura y simplemente (gratuita). Existe otra forma de renuncia, a beneficio de alguien, aunque en esta ocasión habrá que pagar dos impuestos: sucesiones y donaciones.
Consecuencias de rechazar una herencia
En el caso de renunciar a la herencia, se redactará un documento por parte del notario, expresando tal voluntad. Una vez se ha rechazado, evitarás pagar obligaciones tributarias de liquidación del Impuesto de Sucesiones. Por tanto, habrá que firmar un documento de renuncia o habrá que pagarlo. El plazo de prescripción de este impuesto es de 4 años.
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