Jubilarse a los 52 años en España con una buena pensión es posible, si la actividad del trabajador está relacionada con determinados grupos o actividades profesionales. En este aspecto, recordemos que, hoy en día, la edad de jubilación está establecida en 65 años, siempre que se acredite tener más de 37 años y 9 meses cotizados. Sin embargo, si la cotización no es suficiente, la misma se retrasa hasta los 66 años y 4 meses para 2023. ¿Te quieres jubilar a los 52 años con una buena pensión? Es posible, sólo si cumples estas condiciones.
La pensión de jubilación: Una acción protectora de la Seguridad Social
¿Quieres saber qué colectivos pueden jubilarse a los 52 años? Antes de nada, debes saber que la prestación de jubilación viene a suplir la pérdida de ingresos que una persona deja de percibir cuando alcanza la edad establecida por la ley para poder trabajar. Esto se produce, tanto si el trabajador que cesa en su actividad es por cuenta ajena o si, en cambio, se trata de un autónomo. En ese aspecto, nos referimos a una ayuda protectora que está incluida tanto en el Régimen General, como en los Regímenes Especiales que integran el Sistema de la Seguridad Social.
Por otra parte, se puede acceder al simulador de jubilación. En dicho enlace, el trabajador podrá comprobar si ha cotizado lo suficiente para jubilarse a los 52 años y, de esa manera, reducir la edad con la que puede empezar a disfrutar de la pensión por jubilación. Para ello, el usuario tiene que identificarte mediante cl@ve PIN o permanente, Vía SMS o con DNIe o Certificado.
Estos son los sectores profesionales en los que es posible jubilarse a los 52 años y con una buena pensión
Hay determinados sectores profesionales en España, que pueden jubilarse a los 52 años con una buena pensión media que ronda los 2.000 euros. En concreto, nos referimos tal y como indica la página web de la Seguridad Social, a aquellos grupos laborales “cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”. Por consiguiente, estos son los sectores laborales en los que está contemplada la jubilación anticipada por dichas causas:
- Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero.
- Personal de vuelo en trabajos aéreos.
- Trabajadores ferroviarios.
- Artistas.
- Profesionales taurinos.
- Bomberos.
- Miembros de la Ertzaintza.
- Policías locales.
Asimismo, recordemos que en cualquier caso, no es posible jubilarse antes de los 52 años. Aunque hay una excepción: el “Régimen especial de Minería del Carbón”, el cual tiene una protección especial. En ese aspecto, los trabajadores que lo integran poseen más privilegios que el resto. Porque sí pueden jubilarse antes de esa edad. En concreto, aquellos mineros que, antes de 2008, tuviesen reconocidos coeficientes reductores en la edad de jubilación. Además, pueden llegar a cobrar una pensión media de hasta 2.674,10€ al mes.
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