¿Puedo cobrar el paro si me doy de baja voluntaria en el trabajo? Si te has hecho esta pregunta alguna vez, te informamos que a priori, el Servicio Público de Empleo Estatal afirma de manera categórica en su portal web que, si una persona “abandona un trabajo de forma voluntaria, no puede percibir la prestación por desempleo”. Sin embargo, hay un único caso en el que sí sería procedente percibir el subsidio por desempleo, te lo contamos a continuación con más detalle.
En qué único caso puedo cobrar el paro si me doy de baja voluntaria en el trabajo
La prestación por desempleo es un sistema de protección que está en vigor en España desde los años 60 del siglo pasado. Es una normativa legal que” protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo”. Por lo tanto, si alguien voluntariamente abandona su trabajo, deja de tener el derecho a percibir esta ayuda del SEPE.
Por otra parte, tampoco pueden acogerse a este subsidio, las personas que hayan causado baja voluntaria y que se incorporen a una nueva empresa, cesen por no superar el periodo de prueba y no hayan pasado tres meses desde que se marcharon de su anterior empleo. Ahora bien, si han transcurrido más de tres meses entre el anterior trabajo y este nuevo en el que finaliza tu periodo de prueba, si que puedes solicitar el paro, siempre que cumplas una serie de requisitos.
Requisitos y tramitación del subsidio de desempleo
Para tu información, si pretendes cobrar el paro por cese voluntario, debes saber que el SEPE analiza cada caso concreto, para comprobar “si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida”.
No obstante, como hemos comentado en el apartado anterior, sí que tienes derecho a cobrar el paro, si han transcurrido tres meses desde que dejaste el trabajo de forma voluntaria, hasta que la nueva empresa te ha cesado por no superar el periodo de prueba. Aunque además debes reunir estos requisitos:
- Estar afiliado/ay en situación de alta en la Seguridad Social.
- Debes estar en situación de desempleo y estar inscrito como demandante.
- Suscribir un «compromiso de actividad».
- Haber cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores (720 días en el caso de trabajadores eventuales agrarios).
- No tener la edad de jubilación.
- No realizar un trabajo a tiempo completo por cuenta propia o ajena.
- No cobrar una pensión incompatible con el trabajo.
Si quieres tramitar tu solicitud estas son las vías que pone a tu disposición el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE):
- De forma telemática: en la sede electrónica. Para lo cual es imprescindible que dispongas de certificado digital o sistema cl@ve.
- Presencialmente: Para lo que deberá solicitar cita previa.
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