A finales del año pasado se llegó a un acuerdo por parte de los ministerios de Economía y Trabajo, sobre la subida de los subsidios por desempleo del SEPE. Una reforma que, supuestamente, entraría en vigor el próximo 1 de junio de 2024, pero que el Congreso de los Diputados no ha dado luz verde, derogando el Real Decreto ley 7/2023. Dicha mejora, que ya no entrará en vigor, aumentaría a los 570 € mensuales y reduciría las modalidades de subsidios.
Cómo quedarán los subsidios tras no convalidar el Real Decreto ley 7/2023
Este Decreto Ley no se hará efectivo, por lo que dicha reforma del subsidio no se llevará a cabo. De esta forma, desde el Servicio Público de Empleo (SEPE), se explica que los subsidios van a mantener los mismos trámites, requisitos y cuantías que existen actualmente.
Según indica Ione Belarra, secretaria general de Podemos, la decisión de este partido político, se basa en que no quieren recortes de los Presupuestos Generales del Estado para aumentar tales subsidios. Es decir, reclaman dicha reforma, pero que lo vuelvan a traer sin recorte.
Una vez conocido esta noticia sobre la derogación de la reforma del nivel asistencial, estas ayudas del SEPE, se mantiene los actuales 480 euros al mes y en sus 8 modalidades. Estos tipos de subsidios se basan en las diferentes situaciones familiares y la edad, que afectarán directamente a su duración.
Quiénes tienen derecho al subsidio por desempleo
El acceso a estos subsidios por desempleo del SEPE será posible para personas que hayan agotado su prestación contributiva. También podrán hacerlo las personas emigrantes retornadas, liberadas de prisión, personas con expediente de invalidez o mayores de 52 años. Estas ayudas serán válidas para aquellos que hayan cotizado menos de 6 meses y para los trabajadores fijos discontinuos. Recordar que una vez consumidas todas las ayudas, se puede optar como último recurso al SED o a la RAI.
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