El Banco de España ha lanzado un comunicado sobre una carta que muchos de los ciudadanos y clientes de entidades bancarias van a recibir en su buzón durante este mes de enero. En este sentido, estas notificaciones que llegarán por correo ordinario, con ciertas excepciones, son personales y se recibirán de forma individualizada, incluso siendo cotitulares. No obstante, gracias a estos envíos, podemos decir que se trata de una herramienta esencial para que las personas comprendan y gestionen su relación de forma efectiva y sin sorpresas con el banco que sea de su confianza.
Qué son estas cartas del Banco de España que llegara a tu buzón: documentos incluidos
Se trata de una carta que, según, la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancario, todos los bancos tienes que enviar a sus clientes. En dicho documento, se indica la información anual sobre dicha cuenta bancaria (comisiones, gastos devengados y tipos de interés del año pasado, entre otras). Esta carta se envía todos los eneros de cada año, y el Banco de España, lo hará en un documento unificado. Concretamente, se indican los siguientes 2 documentos:
- Un documento con toda la información detallada de los servicios contratados en nuestra entidad bancaria. Estos son, por ejemplo, préstamos o créditos y otros productos, junto con un resumen de intereses pagados y cobrados o comisiones durante el año pasado.
- La información anual sobre la cuenta bancaria, detallando el estado de las comisiones de cada cuenta. Se reflejan los importes unitarios y totales, tipos de interés acreedor y de descubiertos o importes totales de intereses devengados.
El banco enviará los documentos a tu buzón: revisa también la vía telemática
Como norma general, estas cartas del Banco de España, llegan por correo ordinario a tu buzón de casa, excepto si se ha renunciado expresamente. En este caso, se harán a través de medios telemáticos, por lo que es importante revisar asiduamente las bandejas de entrada, por si tienes información importante y no te has dado cuenta, aconseja el Banco de España.
Por otro lado, se advierte que los bancos pueden modificar las condiciones de la cuenta corriente, avisando con 2 meses de antelación previos a la entrada en vigor de tal cambio. Dicha información se debe hacer en papel (buzón de tu casa) o soporte duradero (app o web del banco) y se entregará sin otros documentos. El Banco de España, además, explica que las entidades financieras tienen que cumplir con los requisitos de información que se establecen en la normativa. Por tanto, la información debe ser completa y transparente por parte del banco.
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