Todas las personas beneficiarias de una pensión contributiva por jubilación, viudedad o por incapacidad permanente, que hayan tenido descendencia, pueden solicitar el complemento de brecha de género. Una ayuda económica que incrementa la paga mensual, en 30,40 euros al mes, por cada hijo/a. Dicha cuantía se puede multiplicar hasta un máximo de cuatro veces (en caso de haber tenido al menos 4 hijos), lo que supone alcanzar los 1.702,40 euros anuales, distribuidos en 14 pagas al año.
El complemento económico de la pensión para paliar la brecha salarial está sujeto a una serie de requisitos para poder solicitarlo
Este complemento a la pensión, está especialmente pensado sobre todo para las mujeres trabajadoras, que se hayan visto obligadas a reducir su jornada a lo largo de su vida laboral, con el objeto de poder atender a la crianza de sus hijos/as. Aunque los hombres, también pueden solicitarlo, siempre y cuando acrediten alguno de estos requisitos, según indica la plataforma web de la Seguridad Social:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:
- Hijos/as nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994: Tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha.
- Desde el 1 de enero de 1995: Que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores. Esto es así, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
Estos son los pasos para tramitar este complemento económico a la pensión en el INSS
Para tramitar el complemento de la brecha de género en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el fin de complementar la pensión contributiva, hay que gestionarlo a través de TUSS de forma telemática. Aunque para ello, hay que disponer de certificado digital, sistema Cl@ve, vía SMS o DNIe, para una correcta identificación del usuario/a.
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