Hacienda tendrá que devolver miles de euros a un determinado grupo de jubilados. Sin duda una buena noticia para dicho colectivo. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que la Agencia Tributaria cometió una serie de irregularidades, relacionadas con cobros indebidos. Este hecho se produjo durante el periodo comprendido entre los años 1967 y 1978. En concreto, nos referimos a errores en la tributación de trabajadores que durante aquellos años estaban afiliados a mutualidades de diversos sectores económicos, como la banca, el comercio, la construcción o la metalurgia.
La Agencia Tributaria devolverá a los jubilados afectados las cotizaciones indebidas en la declaración de la Renta
La administración tributaria va a permitir que los jubilados afectados puedan descontarse en el IRPF, el 25% de los pagos que hicieron a las antiguas mutualidades de diversos sectores económicos. Por consiguiente, la sentencia judicial confirma ahora que, los pensionistas que pagaron de más en sus cotizaciones, puedan solicitar la devolución de esos impuestos que pagaron de más de forma indebida.
Por otra parte, en particular, la sentencia del Tribunal Supremo, que se hizo pública el pasado mes de marzo, estaba relacionada con una denuncia que hicieron antiguos trabajadores del sector de la banca. Aunque, es obvio que esta decisión judicial es extrapolable a los ciudadanos que cotizaron para mutualidades de otros sectores durante ese mismo periodo de tiempo.
Esta es la forma de solicitar la rectificación de las declaraciones según indica la OCU
Según indica la plataforma web de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), los jubilados que quieran reclamar el pago indebido de mutualidades, deben tramitarlo en Hacienda. En concreto, a través de Renta Web. Por consiguiente, con la finalidad de “rectificar una declaración presentada con errores y omisiones” que causan un perjuicio económico al interesado, los usuarios deben entrar en dicho enlace y hacer lo siguiente:
- Seleccionar cada ejercicio que se desea rectificar.
- Modificar el importe declarado y cambiar el 100% por el 75%.
- Una vez rectificado, hay que entrar en el apartado “Gestiones” de la Agencia Tributaria para aportar la documentación que justifique el cambio.
Por último, cabe destacar que los afectados sólo pueden reclamar el ajuste en los ejercicios fiscales que aún no están prescritos, es decir, desde el 2018 hasta el 2021. Asimismo, recordamos que en nuestra plataforma de información de Andalucía ofrecemos a diario interesantes noticias de actualidad relacionadas con la región andaluza.