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Inicio » Trámites » Accede a la ayuda de la dependencia en Jaén: Cómo solicitarla, requisitos y cuantía

Accede a la ayuda de la dependencia en Jaén: Cómo solicitarla, requisitos y cuantía

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
10 de octubre de 2022 a las 14:25
en Prestaciones
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¿No sabes que es la ayuda de la dependencia? En el marco de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal, más conocida como Ley de Dependencia, se regulan y establecen las ayudas o prestaciones económicas de apoyo a personas que por edad, enfermedad o discapacidad, personas que son dependientes en distintos grados y necesitan atención profesional o familiar permanente. 

En principio estas ayudas se aprobaron para sufragar los gastos derivados del cuidado y atención de personas carentes de autonomía personal, en los últimos años, la ley ha sufrido modificaciones fundamentalmente para endurecer los criterios de baremación del grado de dependencia.

¿Quién tiene derecho a acogerse a la Ley de Dependencia?

Pueden acogerse a esta ley todas las personas que tengan algún grado de limitación física, mental, intelectual o sensorial que le impidan el desarrollo de actividades básicas diarias, y cumplan con una serie de requisitos establecidos al efecto.

A modo de orientación existen tres grados de dependencia, en función de los cuales, se determinan distintos tipos de ayuda: 

  • Dependencia de Grado I. Dependencia moderada. Personas que requieren ayuda de manera temporal, al menos una vez al día para poder desempeñar actividades de la rutina diaria.
  • Dependencia de Grado II. Dependencia severa. Son las personas que requieren de ayuda dos o tres veces al día, aunque sin necesitar la atención permanente de un cuidador.
  • Dependencia de Grado III. Gran dependencia. Son aquellas personas que necesitan la atención de un cuidador varias veces al día y de manera continuada, porque no pueden desempeñar de manera independiente las actividades de la vida diaria. Estos son los que se atienden con mayor nivel de preferencia o prioridad, a diferencia de los otros dos grupos.

¿Cómo puedo solicitar la ayuda de la dependencia?

Este tipo de ayudas se tramita a través de los servicios sociales de tu barrio. Los mismos, son los encargados de recibir y presentar toda la documentación. Lo primero que exigen es la certificación del grado de dependencia del beneficiario. Por tanto debes obtener un informe médico que dictamine este extremo. Una vez con el informe médico, debes acudir a tu centro de Asuntos Sociales con:

  • La solicitud bien cumplimentada.
  • DNI del familiar, titular de la solicitud o representante.
  • Certificado de empadronamiento.

Tras recepcionar la documentación, en poco tiempo un trabajador social se pondrá en contacto con la persona solicitante para programar una visita y revisar el grado de dependencia. Tras la elaboración del informe de Asuntos Sociales, el expediente inicia su trámite en la administración autonómica. Los órganos de valoración de la situación, emitirán un dictamen sobre el grado de dependencia, aplicando el baremo establecido, reflejado en el BOE e indicarán los cuidados que la persona pueda requerir. 

¿Qué tipos de ayuda económica existen?

Básicamente, existen tres tipos de ayuda de la dependencia, encaminados a aliviar parte de los gastos vinculados del cuidado de la persona dependiente:

  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Se otorga de forma excepcional, a aquellos casos en los que la persona en situación de dependencia está siendo atendida por su entorno familiar y se dan las condiciones establecidas.
  • Prestación económica y asistencia personal. Destinada a sufragar gastos derivados de la contratación de personal cualificado para el cuidado de la persona dependiente.
  • Prestación económica vinculada al servicio. Para contribuir a los gastos de algún servicio, ante la imposibilidad de acceder al mismo, por ejemplo teleasistencia, centro de día, ayuda a domicilio, etc.

¿Cuánto se puede cobrar por el grado de dependencia?

Las cuantías varían en función de cada caso, si el titular tiene una dependencia Grado I, la cuantía está en torno a 153 euros al mes; si tiene una dependencia moderada, Grado II, tiene derecho a una cantidad que irá desde 255,77 euros hasta 286,66 euros al mes; y si es dependiente severo, Grado III, puede llegar a percibir de entre 354,43 euro hasta 442,59 euros mensuales.

Consultas otras prestaciones en Andalucía a través de nuestra plataforma, donde anunciamos diariamente nuevas ayudas económicas y asistenciales a las que podrás acogerte.

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Etiqueta JaénPrestacionesTrámites

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