¿Tienes más de 65 años o tienes a un familiar en situación de dependencia? En este artículo te explicamos, paso a paso, como solicitar el Servicio Andaluz de Teleasistencia. La Junta de Andalucía implementa este servicio de atención personalizada, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, un organismo dependiente de la Consejería de Salud y Consumo y de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Está orientado a las personas mayores o aquellas que, por su situación personal, necesitan un seguimiento constate y continuo durante las 24 horas del día. Te contamos cómo puedes beneficiarte del servicio de teleasistencia si resides en Andalucía.
El Servicio Andaluz de Teleasistencia ofrece toda esta serie de beneficios a los usuarios
El Servicio Andaluz de Teleasistencia está dirigido a personas mayores, con discapacidad o que tengan alguna situación de dependencia y que tengan su domicilio en Andalucía. En suma, les proporciona un servicio de acompañamiento, con el fin de mitigar situaciones de soledad, aislamiento social, emergencia o inseguridad. Estas son las prestaciones que ofrece a los usuarios/as:
- Atención directa y personalizada.
- Respuesta inmediata ante situaciones de emergencia.
- Aviso a familiares en caso de necesidad.
- Seguimiento de situaciones de emergencia.
- Conversación y compañía.
- Dar información sobre las prestaciones que ofrece el Sistema Andaluza de Servicios Sociales.
- Contacto periódico con la persona usuaria.
- Recuerdo de la realización de actividades concretas.
Asimismo, las personas que se acojan a este programa recibirán un dispositivo de teleasistencia, totalmente gratuito, que les permitirá contactar con la central al usuario/a en caso de necesitar ayuda. Además, personal cualificado, realiza un seguimiento personal haciendo visitas periódicas en los domicilios de las personas usuarias del servicio.
Requisitos y costes del servicio de teleasistencia de la Junta de Andalucía
Para solicitar el servicio de teleasistencia de la Junta de Andalucía, solo pueden ser titulares las personas en situación de dependencia de cualquier edad, que tengan reconocida esta prestación en el PIA (Programa Individual de Atención). También, discapacitados/as entre los 16 y 65 años con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Asimismo, todos los mayores de 65 años que sean titulares de la “Tarjeta Andalucía Junta 65”. En todos los casos hay que residir en un municipio del territorio andaluz.
Cómo se solicita y coste mensual del servicio: casos en los que es gratuito
La solicitud del servicio se hace online, a través de la web de teleasistencia. Este servicio asistencial puede ser gratuito o tener un coste mensual. Esto último lo va a determinar el perfil del beneficiario y su nivel de rentas. Veámoslo con más detalle:
- Gratuito:
- Personas en situación de dependencia.
- Mayores de 80 años, sea cual sea su renta.
- Personas dependientes, menores de 80 años, con una renta inferior al 75 % del IPREM.
- Personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 Oro que vivan solas o que convivan con titulares de dicha tarjeta.
- Personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 que sean mayores de 80 años y que vivan solas.
- Cuota de 3,60 euros al mes:
- Personas dependientes, menores de 80 años, que tengan una capacidad económica que sea igual o superior a 75 % del IPREM.
- “Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 Oro que convivan con personas no titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 Oro”´.
- Cuota de 10,80 euros al mes:
- Titulares de la Tarjeta 65 no incluidos en las especificaciones anteriores
- Personas discapacitadas menores de 65 años.
Para finalizar, te recomendamos visitar nuestra plataforma de noticias de la comunidad autónoma de Andalucía para conocer otros trámites. También, en nuestro periódico digital, ofrecemos toda la información sobre prestaciones, subsidios y pensiones, relacionadas con cualquiera de las Administraciones Públicas, tanto a nivel estatal como autonómico.