La Seguridad Social aplica una serie de coeficientes reductores a las personas que opten por la jubilación anticipada. Tanto si es voluntaria o como forzosa, se van a aplicar unos porcentajes que “penalizan” la pensión. Dichos índices reductores de la cuantía son mayores, cuanto más joven sea la persona que quiere acceder a la pensión contributiva de jubilación. Además, los beneficiarios de la prestación deben reunir una serie de requisitos específicos para poder hacerlo.
Requisitos para poder acceder a una jubilación anticipada
Para poder jubilarse anticipadamente hay que encontrarse en alta o en situación de alta asimilada, en cualquier régimen de la Seguridad Social. También, hay que tener al menos 2 años menos que los indicados a la ley, haber cotizado un mínimo de 35 años, 2 de los cuales se encuentren en los 2 últimos. Además, se puede tener cuenta el tiempo destinado al servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria. En ambos, casos será de como máximo 1 año. Asimismo, los porcentajes de reducción de la pensión por jubilación anticipada van a depender de 3 variables fundamentales:
- Si es voluntaria o forzosa.
- El número de años cotizados en la Seguridad Social.
- Tener en cuenta el número de trimestres de anticipación, con respecto a la edad de jubilación ordinaria: 66 años y 8 meses en 2025.
Por otra parte, hay trabajadores que no sufren penalización en la cuantía de la pensión si se jubilan antes. Nos referimos a aquellos que desarrollan su vida laboral desempeñando actividades que implican de toxicidad o peligro. Tal es el caso de: bomberos, trabajadores del mar, policías o mineros, por poner solo algunos ejemplos. También, no afectan los coeficientes reductores a los trabajadores que presentan una discapacidad igual o mayor al 45%.
Cómo se aplican los coeficientes reductores al hacer el cálculo
Para ver cómo afectan los coeficientes reductores a la pensión de jubilación, veamos el siguiente ejemplo. Una persona que decida jubilarse 24 meses antes de la edad legal de jubilación, es decir, a los 64 años y 8 meses, en 2025, le corresponderán los siguientes porcentajes de reducción de la cuantía de la prestación contributiva, según el periodo que lleve cotizado a lo largo de su vida laboral:
Periodo de cotización | Porcentaje de reducción |
---|---|
Menos de 38 años y 6 meses | 21% |
Igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses | 19% |
Igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses | 17% |
Igual o superior a 44 años y 6 meses | 13% |
En suma, como podemos observar en la tabla anterior, el porcentaje de reducción de la pensión es escalable, hasta llegar a un mes de anticipo de la edad de jubilación legalmente establecida. Puedes ver todas las posibilidades de coeficientes reductores, dependiendo de los meses en los que anticipes el retiro de tu actividad laboral, visitando la web oficial de la Seguridad Social.
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