La pensión de orfandad suele estar destinada a aquellos que por norma general tienen hasta 25 años de edad. Cuando los jóvenes se han quedado sin sus progenitores pueden encontrarse en una situación compleja a nivel económico. No obstante, hay quienes tienen más de 45 años, fallecen sus padres y se hallan ante un panorama igual de desolador. Por ello, la Seguridad Social ha establecido unas ayudas para las personas que superen esta edad. Te explicamos cuáles son:
¿Hay pensión de orfandad para mayores de 45 años?
No, no hay pensión de orfandad para personas mayores de 45 años. La pensión de orfandad puede recibirse hasta los 21 años, con límite hasta los 25 en el caso de estar estudiando. No obstante, la Seguridad Social establece una pensión en favor de familiares. Esta, va destinada a los familiares que convivían y dependían económicamente de una persona fallecida.
Pensión en favor de familiares para mayores de 45 años
Dicha prestación, incluye a hijas e hijos mayores de 45 años en situación de soltería, viudedad, separación judicial o divorcio que acrediten dedicación prolongada al cuidado de la persona fallecida. Los requisitos para acceder a esta ayuda son:
- Ser mayores de 45 años.
- Estar divorciados, solteros, viudos o separados judicialmente.
- Ser capaces de acreditar una dedicación prolongada al cuidado de la persona fallecida.
Documentación requerida
Puedes solicitar la pensión en cualquier momento tras el fallecimiento de tu familiar. En cualquier caso, ten en cuenta que el cobro de la prestación tiene una retroactividad máxima de 3 meses con respecto a la fecha de solicitud. Los documentos que tendrás que entregar son:
- Acta del Registro Civil que acredite tu estado civil.
- Documento acreditativo del parentesco con la persona fallecida.
- Certificado de empadronamiento o prueba documental de convivencia con la persona fallecida durante al menos los 2 años anteriores a su fallecimiento.
- Acreditación de ingresos de la persona solicitante.
- Documento de identidad de la persona solicitante. Si vas a identificarte electrónicamente, solo necesitarás certificado digital o Cl@ve.
- Podrías necesitar documentos adicionales según la situación.
Una vez completado el trámite, podrás obtener un comprobante de la solicitud. Recibirás la notificación en tu domicilio o el de la persona a la que representes en un plazo aproximado de 10 días. Si la resolución es favorable, recibirás los pagos correspondientes a partir de la siguiente mensualidad. Si tras tu solicitud no recibes ninguna respuesta, el silencio administrativo conlleva a una denegación de esta ayuda.
¿Cuál es el importe de esta pensión?
La Seguridad Social establece que el importe de la pensión será el 20% de la base reguladora. Esta, se calcula de forma diferente, dependiendo de la situación en que se encontrara la persona fallecida (trabajador en activo o pensionista) y de la causa del fallecimiento (contingencia común o contingencia profesional).
¿Cuánto dura esta ayuda?
Esta prestación familiar es vitalicia y se aplicará durante toda la vida de la persona beneficiaria, salvo que dejen de cumplirse los requisitos iniciales. Para no perderte ninguna noticia relacionada con distintas ayudas públicas, te invitamos a que hagas clic en la sección de prestaciones.