Los autónomos son el sector que impulsa la economía del país, sin lugar a duda, pero, como norma, se sienten olvidados por las instituciones. Aunque no les quito la razón, también tienen unos derechos y unas prestaciones que es primordial que conozcan. Ser autónomo conlleva una gran dosis de libertad y responsabilidad. Sin embargo, es fundamental conocer los beneficios a los que tienen derecho como trabajador por cuenta propia. La Seguridad Social ofrece una amplia gama de coberturas para proteger a los autónomos en diferentes situaciones. En este artículo, te explicamos cuáles son tus derechos y cómo acceder a las prestaciones que te corresponden.
¿Cuáles son los derechos y prestaciones de los autónomos?
El Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) está diseñado para proteger a los trabajadores por cuenta propia y garantizarles una protección social similar a la de los trabajadores por cuenta ajena. A través del RETA, los autónomos pueden acceder a una serie de prestaciones que les permiten afrontar situaciones como enfermedades, maternidad/paternidad, cese de actividad o jubilación:
Descuentos en la cuota de autónomos
- Es tu primera alta como autónomo (tarifa plana).
- Resides en Ceuta y Melilla.
- Estás en descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
- En situaciones de reincorporación tras el nacimiento de hija o hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.
- Estás en situación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Si compatibilizas tu actividad autónoma con un trabajo por cuenta ajena.
- Trabajas en actividades de venta ambulante.
- Por creación artística.
- Eres familiar colaborador de un trabajador autónomo.
- Eres familiar del titular de una explotación agraria.
- Contratas a otro profesional para facilitar tu conciliación de la vida profesional y familiar.
- Estás recibiendo una prestación de jubilación y estás de alta como autónomo.
Tendrán los siguientes beneficios con el actual sistema de cotización
- Tarifa plana de 60 €/mes, reconocida con anterioridad al 1 de enero de 2023 hasta el periodo máximo de duración. En el caso de los trabajadores autónomos del sector agrario, la tarifa plana de 50 €/mes.
- Por la contratación de un trabajador por cuenta ajena para la conciliación de la vida familiar y profesional del trabajador autónomo.
- En situaciones de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.
- Por la reincorporación después del nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.
- Familiar colaborador del trabajador autónomo.
- Familiar del titular de la explotación agraria.
- Trabajadores autónomos en Ceuta y Melilla.
Situaciones protegidas por la Seguridad Social
- Baja médica por enfermedad común y accidente no laboral.
- Baja médica por enfermedad profesional o accidente laboral.
- Nacimiento y cuidado de menor.
- Riesgo durante el embarazo y lactancia.
- Incapacidad permanente.
- Viudedad y orfandad.
- Cese de actividad por causas involuntarias.
- Jubilación.
Requisitos para acceder a las prestaciones para autónomos
Para poder acceder a las prestaciones de la Seguridad Social como autónomo, es necesario cumplir una serie de requisitos, entre los que destacan:
- Es imprescindible estar dado de alta en el régimen de autónomos (RETA) y estar al corriente de pago de las cuotas.
- En función de la prestación que se solicite, se exigirá un determinado período de cotización.
- Cada prestación tiene sus propios requisitos particulares, como por ejemplo, la necesidad de un informe médico en el caso de la incapacidad temporal.
En resumen, aunque por supuesto se le pueden mejorar las condiciones a los autónomos, también tienen cierta protección que es interesante conocer al dedillo.
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