Muchos camioneros desconocen esta norma de la DGT sobre alcoholemia

El Reglamento General de Circulación distingue los límites de alcohol según la masa máxima autorizada del vehículo.

La idea de que todos los camioneros tienen siempre una tasa máxima de 0,15 mg/l en aire espirado no es del todo correcta. La normativa no se fija únicamente en si el conductor es profesional, si tiene CAP o si está trabajando en ese momento, sino en el tipo de vehículo y, especialmente, en su masa máxima autorizada. Además, conviene conocer qué hacer en caso de dar positivo en un control de alcoholemia, con las consecuencias penales y administrativas que conlleva la infracción.

La MMA del vehículo marca cuándo baja la tasa permitida

La clave está en el peso autorizado. ¿La sorpresa? Un camión o furgón de hasta 3.500 kg de MMA puede quedar sometido a la tasa general, igual que un turismo, siempre que no concurra otra condición especial. Para verlo más claro, estos son los límites principales, según especifica el artículo 20 del Reglamento General de Circulación:

Situación del conductor o vehículoAire espiradoSangre
Tasa general0,25 mg/l0,5 g/l
Mercancías con MMA superior a 3.500 kg0,15 mg/l0,3 g/l
Conductores noveles durante dos años0,15 mg/l0,3 g/l
Mercancías peligrosas, urgencias o transporte especial0,15 mg/l0,3 g/l

Por lo tanto, no basta con mirar la profesión del conductor. Lo determinante es si el vehículo encaja en alguno de los supuestos con límite reducido.

Qué ocurre con un camionero cuando conduce su coche particular

Cuando un camionero profesional conduce su coche particular, se le aplica la tasa general si no es novel y no realiza un transporte sujeto a límites especiales. Es decir, el límite será de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre.

Lo mismo puede ocurrir con un vehículo de mercancías de hasta 3.500 kg de MMA. Ahora bien, hay excepciones que conviene tener presentes:

  • Si el conductor tiene menos de dos años de permiso, la tasa baja a 0,15 mg/l.
  • Si transporta mercancías peligrosas, también se aplica el límite reducido.
  • Si el vehículo supera los 3.500 kg de MMA en transporte de mercancías, el máximo será 0,15 mg/l.

En resumen, la Guardia Civil y el resto de agentes no solo comprueban quién conduce, sino qué conduce. Y ese matiz puede cambiar por completo el resultado legal del control.

Por qué la normativa endurece el límite en los vehículos más pesados

El motivo es sencillo: cuanto mayor es el vehículo y más delicado el transporte, mayor puede ser el riesgo en caso de accidente. De hecho, la DGT recuerda que el alcohol altera la capacidad de conducción incluso en niveles bajos y que la única tasa realmente segura es 0,0.

Así que, aunque la ley diferencie entre supuestos, la recomendación práctica no cambia: si se va a conducir, mejor no beber. En carretera, ese pequeño detalle marca más diferencia de la que parece.

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