El Ayuntamiento de Sevilla activa los Bonos de Consumo 2026: plazo y requisitos

El programa de bonos consumo permitirá ahorrar hasta 50 euros en compras realizadas en establecimientos adheridos de toda Sevilla.

Sevilla pondrá en marcha en los próximos días el Programa de Bonos Consumo 2026. El plazo estará abierto desde el 2 de junio de 2026 hasta el 14 de diciembre de 2026, siempre que no se agote antes el presupuesto disponible. ¿La idea principal? Fomentar el comercio local y facilitar un pequeño ahorro en compras habituales. Esta iniciativa recuerda a otras campañas con el mismo objetivo, que ya se han puesto en marcha en otros municipios andaluces con anterioridad.

Quién puede solicitar los bonos consumo Sevilla 2026 y qué requisitos debe cumplir

Podrán acceder a esta ayuda las personas consumidoras que estén empadronadas en el término municipal de Sevilla y tengan 18 años o más. Además, deberán cumplir varias condiciones administrativas antes de adquirir los bonos.

Estos son los requisitos principales:

  • Estar empadronado en Sevilla.
  • Tener 18 años o más.
  • No estar incluido en las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Hacienda Municipal y la Seguridad Social.
  • Presentar una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos.
  • Realizar la solicitud y el pago a través de la plataforma habilitada.

Por lo tanto, conviene revisar bien los datos antes de iniciar el trámite. Un error en la solicitud puede retrasar el proceso o impedir la adquisición de los bonos.

Cuánto dinero aporta el Ayuntamiento de Sevilla por cada bono consumo

Cada bono tendrá un valor nominal de 25 euros. La persona beneficiaria abonará 15 euros y el Ayuntamiento de Sevilla aportará los 10 euros restantes.

ConceptoImporte
Valor de cada bono25 euros
Pago de la persona beneficiaria15 euros
Aportación municipal10 euros
Bonos máximos por persona5
Ayuda máxima municipal50 euros

Cada vecino podrá comprar hasta cinco bonos nominativos e intransferibles. Además, podrán acumularse en una misma compra, siempre que pertenezcan a la misma persona titular. Vaya, que puede ser útil para una compra algo más grande.

En qué establecimientos se podrán utilizar los bonos consumo de Sevilla

Los bonos consumo del Ayuntamiento de Sevilla podrán utilizarse en comercios adheridos al programa relacionados con alimentación, hostelería, textil, equipamiento del hogar, peluquerías, lavanderías, agencias de viajes, fotografía, artesanía y otros servicios incluidos en la convocatoria.

Sin embargo, no todo estará permitido. No serán subvencionables las compras realizadas en establecimientos no adheridos, las devoluciones del importe subvencionado en efectivo, el uso fraudulento de los bonos ni las compras hechas por la persona titular en negocios de su propiedad.

Cómo será la concesión y qué documentos habrá que presentar

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva. Es decir, se asignarán por orden de presentación de solicitudes y adquisición de bonos hasta agotar el presupuesto.

La documentación prevista será la siguiente:

  • Solicitud cumplimentada.
  • DNI o NIE.
  • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos.
  • Datos personales y de contacto.
  • Justificación del empadronamiento, cuando el Ayuntamiento la requiera.

La tramitación podrá realizarse mediante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla o a través del Registro Electrónico Común de la Red SARA. El plazo máximo de resolución será de 6 meses y el silencio administrativo tendrá carácter desestimatorio.

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