Un grupo de viudas de parejas de hecho anteriores a 2022 denuncia que una cláusula de la Ley 21/2021 les impide compatibilizar la pensión de viudedad con otra prestación contributiva.
En España, la pensión de viudedad puede ser compatible con una paga de jubilación o de incapacidad permanente. Sin embargo, algunas viudas de parejas de hecho aseguran que han quedado fuera de esa protección por un apartado concreto de la norma que regula los supuestos excepcionales. Y es que para poder cobrar la pensión deben cumplir forzosamente con 3 requisitos que establece la Seguridad Social.
El punto C que impide compatibilizar la viudedad con otra pensión contributiva
La clave del problema está en la Disposición adicional cuadragésima de la Ley 21/2021. Esta norma permitió que muchas parejas de hecho pudieran acceder a la pensión de viudedad sin los antiguos requisitos económicos, pero también introdujo una limitación para quienes entraron por la vía excepcional.
Ese apartado, conocido entre las afectadas como el “dichoso punto C”, exige que la persona beneficiaria no tenga reconocida otra pensión contributiva de la Seguridad Social. ¿Qué ocurre entonces? Que si una viuda ya cobra una incapacidad permanente o una jubilación, puede ver denegada o suspendida la viudedad.
Rosa M. Fernández, una de las afectadas, denuncia que están “atrapadas en un limbo legal, sin derecho a la pensión”. Según explica, la situación las deja “en tierra de nadie” y genera una diferencia de trato frente a otros beneficiarios que sí pueden compatibilizar prestaciones.
El caso de Rosa refleja el problema de muchas viudas anteriores a 2022
Rosa quedó viuda en 2015 y era pensionista de incapacidad permanente. En aquel momento no pudo acceder a la pensión de viudedad porque no cumplía los requisitos económicos exigidos entonces. Tras la reforma de 2021, sí se le reconoció el derecho por supuesto excepcional.
Pero ahí llegó el nuevo obstáculo: al tener ya una pensión contributiva, la Seguridad Social no le permitió cobrar la viudedad por ser de menor cuantía que la prestación que ya percibía.
La situación se resume así:
| Situación de la afectada | Consecuencia según denuncian |
|---|---|
| Viuda de pareja de hecho anterior a 2022 | Puede acceder por vía excepcional |
| Ya cobra jubilación o incapacidad permanente | No puede compatibilizar ambas pagas |
| La viudedad es de menor importe | La Seguridad Social la suspende o deniega |
Para las afectadas, el resultado es una doble penalización. Primero, no pudieron acceder a la pensión por los requisitos antiguos. Después, cuando la ley abrió una puerta, otra cláusula volvió a cerrarla.
La reforma que reclaman incluir en el próximo decreto de pensiones
Las viudas afectadas piden al Gobierno y a los agentes sociales que corrijan esta situación en el próximo decreto de pensiones. Su reclamación principal es clara: eliminar el punto C de la Disposición adicional 40ª.
Estas son sus principales peticiones:
- Suprimir la incompatibilidad con otra pensión contributiva.
- Igualar sus derechos a los de matrimonios y otras parejas de hecho.
- Evitar que la viudedad se suspenda al iniciar la jubilación.
- Reconocer el perjuicio sufrido por quienes quedaron fuera antes de 2022.
La reforma que prepara el Ministerio de Seguridad Social también podría incluir cambios para personas que no puedan acreditar la inscripción formal como pareja de hecho, pero sí tengan hijos comunes o una convivencia pública y demostrable.
Por qué esta trampa legal puede dejar sin pensión a las afectadas
El conflicto nace de una diferencia muy concreta: la viudedad ordinaria puede ser compatible con otras prestaciones, pero la reconocida por supuesto excepcional queda limitada por la propia ley.
Por eso, las afectadas hablan de “un castigo injusto” y reclaman que se actúe cuanto antes. No se trata solo de una cuestión técnica, sino de ingresos básicos para personas que llevan años esperando una solución.
Ahora, todas las miradas están puestas en el próximo decreto. Si se elimina esa cláusula, muchas viudas de parejas de hecho podrían dejar atrás el limbo legal que denuncian y acceder por fin a una pensión que consideran legítima.
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