El trabajador fue cesado tras consumir alcohol durante la jornada y descansar más de una hora en el vehículo de empresa.
El despido sigue siendo uno de los grandes focos de conflicto laboral en España, sobre todo cuando empresa y trabajador discrepan sobre si la sanción está o no justificada. Una situación que también se repite en casos como el de una empleada que consiguió una indemnización por despido improcedente.
En este caso que nos ocupa, un repartidor de bebidas terminó en los tribunales después de ser despedido por tomarse una cerveza y permanecer tumbado en la cabina del camión durante su jornada. La clave, eso sí, no estuvo solo en lo ocurrido aquel día.
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El juzgado analizó la conducta del empleado y el contexto previo del despido
El caso fue resuelto por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia en la sentencia 27/2023, de 20 de marzo de 2023. El empleado, vinculado a la empresa desde 2008, fue despedido el 15 de julio de 2022 por desobediencia, bajo rendimiento y transgresión de la buena fe contractual.
Entre los hechos atribuidos figuraban dejar el camión sin asegurar en varias ocasiones, consumir una jarra de cerveza con alcohol tras una entrega y permanecer tumbado dentro del vehículo entre las 14:46 y las 15:56. Todo ello fue recogido por un detective privado contratado por la empresa. A simple vista, parecía un despido disciplinario de manual. Pero, ojo, el análisis no acabó ahí. Antes de seguir, conviene ordenar los datos principales del caso:
| Dato clave | Información |
|---|---|
| Antigüedad del trabajador | Desde 2008 |
| Fecha del despido | 15 de julio de 2022 |
| Órgano judicial | Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia |
| Sentencia | 27/2023, de 20 de marzo de 2023 |
| Indemnización adicional | 6.000 euros |
El juzgado tuvo en cuenta que meses antes el trabajador había sido sancionado con 14 días de suspensión de empleo y sueldo y había anunciado que impugnaría esa medida. ¿Qué cambió entonces? Que el empresario reconoció haber interpretado esa reacción como una amenaza.
La garantía de indemnidad fue decisiva para declarar nulo el despido
Ese contexto resultó determinante. El tribunal entendió que existían indicios de represalia y que la vigilancia con detective se activó cuando la decisión de despedir ya estaba prácticamente tomada, sin sospechas previas sólidas y mientras otros empleados realizaban conductas similares sin ese control.
Por eso, la resolución concluyó que se había vulnerado la garantía de indemnidad del trabajador. En consecuencia, el despido fue declarado nulo, que no es un matiz menor. Las consecuencias para la empresa fueron estas:
- Readmitir al trabajador en su puesto.
- Abonar los salarios de tramitación desde el 15 de julio de 2022.
- Pagar 6.000 euros por daños morales.
Después de la lista, la conclusión judicial deja una enseñanza clara. No basta con que existan hechos reprochables si la decisión empresarial está contaminada por una posible represalia. De hecho, en los despidos disciplinarios no solo se examina la conducta del empleado, sino también la motivación real de la empresa.
En España, el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores permite extinguir el contrato por incumplimientos graves y culpables. Sin embargo, corresponde a los tribunales decidir si esos hechos están probados, si tienen entidad suficiente y si detrás del cese hubo una vulneración de derechos fundamentales. Y ahí estuvo, precisamente, el giro del caso. Conoce otras interesantes sentencias del mundo laboral en nuestra sección de empleo.
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