El recordatorio llega por protección de datos y afecta tanto a compras presenciales como a gestiones online: sin motivo legal no se puede exigir el documento y nunca debe copiarse.
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que un comercio no puede fotocopiar ni escanear el DNI (o NIE) de un cliente por motivos de protección de datos, una línea en la que la administración autonómica también avanza con iniciativas como el nuevo sistema digital que permite presentar reclamaciones de consumo sin moverse de casa.
Por otra parte, en las compras presenciales, Consumo insiste en que los establecimientos “no pueden exigir a la persona consumidora mostrar el DNI (o NIE), al no existir normativa alguna que obligue a hacerlo”. ¿Te lo han pedido en una devolución o en un pago alegando una política interna? Si no hay base legal, puedes negarte.
Te puede interesar
Qué dice Consumo de la Junta de Andalucía sobre pedir el DNI en tiendas físicas
El marco legal combina el RGPD en Europa y la Lopdgdd en España. El criterio, según Consumo, es que solo puede solicitarse identificación si hay una razón legal y si la medida es proporcionada. Nada de pedirlo por rutina. Para situarse, esta es la diferencia entre lo que se puede pedir y lo que no:
| Situación | ¿Pueden pedir que muestres el DNI? | ¿Pueden escanearlo o guardar copia? |
|---|---|---|
| Compra ordinaria en tienda | No, por norma general | No |
| Venta de alcohol, tabaco o apuestas | Sí, si es necesario por ley | No |
| Servicios con obligación legal (por ejemplo, hoteles) | Sí, cuando la ley lo exige | No |
Además, la Junta recuerda que, incluso en los casos justificados, “no pueden escanearlo o quedarse una copia del documento, pues supondría un tratamiento de datos personales excesivo”.
Cuándo un establecimiento sí puede solicitar el DNI y qué límites existen
Consumo señala que algunos comercios piden el documento para prevenir fraudes. Si es solo una política interna, la persona consumidora podría negarse a mostrarlo. La regla es simple: la exigencia debe estar respaldada por una obligación legal y no puede ser arbitraria. Y aun cuando la identificación sea obligatoria, pedirlo para comprobar no equivale a quedarse con una copia.
Compras online y redes sociales: claves para no regalar tus datos personales
En internet, Consumo pide más prudencia antes de facilitar datos (nombre, dirección, teléfono o medios de pago): “es imprescindible conocer quién los solicita, con qué finalidad y si proporcionar esta información es realmente necesario”. El consentimiento, además, puede revocarse. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recuerda que también están protegidos otros identificadores, como el correo electrónico o la dirección IP.
Derechos del ciudadano según la normativa y consejos para evitar fraudes
Un uso irresponsable de los datos puede derivar en publicidad no deseada, fraudes o suplantación de identidad. Consumo añade otra advertencia: proporcionar datos personales de terceras personas sin autorización es ilegal. Medidas básicas para reducir riesgos:
- Evita conexiones wifi públicas para gestiones sensibles o con contraseñas.
- No compres online ni uses la app bancaria conectado a wifi pública.
- No compartas claves bajo ningún concepto.
Por último, la normativa reconoce derechos como información, acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y la “garantía de no quedar sometida a decisiones automatizadas sin intervención humana”. Permanece informado de otras noticias de actualidad en la región andaluza visitando nuestro periódico digital.

