Cuidado con lo que publicas en redes sociales: podría llevarte delante de un juez

El Ejecutivo ha aprobado un anteproyecto para que el derecho de rectificación también se aplique en redes. Si una cuenta supera ciertos seguidores, el afectado podrá exigir una corrección y, si no llega, acudir a un juez.

Con la llegada de 2026, cambian las reglas del juego en España. El Gobierno ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación. El foco está en las informaciones falsas que dañan la imagen pública de alguien a través de las redes sociales. No es un asunto menor: el uso de redes sociales ya ha tenido consecuencias directas incluso en el ámbito laboral, con despidos que han terminado en los tribunales por el uso indebido de estas plataformas durante la jornada de trabajo, como ocurrió en un caso reciente.

¿Te suena eso de ver un bulo que hace viral y corre como la pólvora? La intención de la nueva normativa que pretende implantar el Ejecutivo es que la rectificación no se quede solo en medios digitales y llegue también a perfiles con mucho alcance.

El Ejecutivo da un paso más para frenar los bulos que se difunden a diario en redes sociales

Según explicó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en su perfil de la red social X, el objetivo es “promover una mayor calidad del debate público y reforzar los derechos a la libertad de información y al honor, también en las redes sociales”. En la práctica, se refuerza la posibilidad de pedir que se corrija una información errónea que te perjudica, incluso cuando el origen está en una cuenta de redes sociales.

Eso sí, conviene subrayarlo: se trata de un anteproyecto. Esto quiere decir que aún debe completar su tramitación para convertirse en ley. Sin embargo, tal y como ha adelantado el Presidente, la propuesta marca el camino de cara al presente año 2026.

Cuándo podrás pedir que rectifiquen un bulo y a qué cuentas afecta

El aspecto fundamental de los bulos o comentarios que se vierten a través de redes sociales u otros medios de comunicación digitales, está en el tamaño del altavoz. Sánchez detalló que podrás reclamar directamente “cuando la persona que haya publicado el contenido tenga más de 100.000 seguidores en una única plataforma”. También entra el supuesto de más de 200.000 seguidores sumando distintas plataformas. En medios digitales, se podrá reclamar siempre. Para verlo de un vistazo, estos son los umbrales y plazos que se plantean:

Quién publica el contenidoCuándo puedes reclamar rectificaciónPlazo para pedir que rectifiquen
Medio digitalSiempre10 días
Cuenta individual con gran alcanceMás de 100.000 seguidores en una plataforma20 días
Cuenta individual con gran alcance en varias redesMás de 200.000 seguidores sumando plataformas20 días

Con esta fórmula, el afectado gana una vía más directa para exigir que la corrección tenga el mismo escaparate que el contenido original.

Plazos, pasos y qué ocurre si la cuenta se niega a rectificar

El primer movimiento es pedirlo a la cuenta que publicó el contenido, es decir, “pidiendo directamente a la cuenta que rectifique la información”. A partir de ahí, la ruta se resume así:

  • Solicitar la rectificación dentro del plazo: 10 días si es un medio y 20 días si es una persona individual.
  • Guardar pruebas del contenido y de la solicitud (capturas y enlaces, por ejemplo).
  • Si no rectifican, presentar una demanda sencilla, sin costes, para defender tus derechos.

¿Y si la justicia te da la razón? El planteamiento es que, si el Poder Judicial concluye que la información era errónea y perjudicial, deberán publicar la rectificación y avisar también a sus seguidores. Síguenos para estar al tanto de otras interesantes noticias de actualidad que afectan a tu día a día.

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