Es importante que los trabajadores por cuenta ajena entiendan cada uno de los conceptos que conforman su nómina. Todo ello, con el fin de que comprueben que están cobrando lo que les corresponden por derecho cada mes. En ese aspecto, hoy nos vamos a ocupar de los devengos salariales, es decir, los conceptos que suman dinero. Estos elementos son determinantes para determinar el sueldo líquido final que va a percibir el empleado, como pago de los servicios prestados a la empresa que lo tiene contratado.
¿Cuáles son los devengos salariales que debe reflejar una nómina?
La nómina es un documento muy completo, el cual ofrece información muy valiosa para saber, por ejemplo, por cuanto estamos cotizando de cara a la futura jubilación. Además, por una parte, sirve para conocer las deducciones fiscales que nos aplican, es decir, la parte que se queda Hacienda. También, determina el importe de las aportaciones que corresponde abonar a la Seguridad Social. En concreto, establece los porcentajes que van a ir destinados al contribuir por contingencias comunes, desempleo o MEI. Son, por tanto, las cosas que restan al salario.
Principales conceptos que suman en el salario
En contraposición, por otro lado, nos encontramos con las cosas que suman a la retribución que el trabajador percibe cada mes, es decir, los devengos salariales que suman para la cotización. Dentro de este grupo, existen varios tipos. Veamos los más frecuentes:
- Antigüedad del trabajador.
- Titulación o conocimientos del empleado que determinan su grupo de cotización.
- Riesgos laborales.
- Turnos y nocturnidad.
- Por disponibilidad horaria.
- Horas extraordinarias.
- Pagas extraordinarias.
Por otra parte, hay que considerar que todos estos conceptos suelen estar regulados en el convenio colectivo al que pertenezca el trabajador por cuenta ajena. En consecuencia, todos estos aspectos que suman a la nómina, quedan establecidos al fijar las condiciones laborales que se deducen al concluir el acuerdo vinculante que firman los representantes de los trabajadores y los empresarios del sector.
Los devengos no salariales no se tienen en cuenta para la cotización
Por otra parte, debes tener en cuenta que existen otro tipo de devengos, nos referimos a los “no salariales”, porque no sirven para cotizar. Principalmente, tienen esa consideración porque, aunque sirvan para engrosar el importe final de la nómina, no cuentan para establecer el cálculo de las prestaciones o pensiones no contributivas de la Seguridad Social. Tal es el caso de las dietas que se cobran por la realización de viajes de trabajo, así como los pluses de distancia o de transporte. Dentro de esta categoría, también se encuentran aquellas aportaciones económicas que recibe el empleado, y que están relacionadas con la adquisición de prendas de trabajo y de herramientas.
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