Qué ocurre cuando tus hijos cumplen 26 años: cambios en Seguridad Social, prestaciones y libro de familia

Cumplir 26 años marca un punto clave en la vida de un hijo dentro del sistema de protección social en España. La Seguridad Social establece que hasta esa edad, mientras convivan con sus padres, dependan económicamente de ellos y no tengan otra cobertura, pueden aparecer como beneficiarios en la tarjeta sanitaria. Además, están incluidos en las prestaciones familiares y otras ayudas si cumplen las condiciones. Sin embargo, al llegar a los 26, dejan de estar encuadrados como beneficiarios. Esto conlleva una serie de cambios prácticos que a continuación vamos a detallar.

¿Qué cambios hay en la cobertura sanitaria al cumplir 26 años?

Hasta cumplir los 26 años, un hijo puede estar bajo la cobertura sanitaria de sus padres, siempre que no tenga un empleo por cuenta ajena o propia que le ofrezca el alta. Una vez superada esa edad, deja de figurar como beneficiario. A partir de entonces, debe acceder a la sanidad como titular, lo que implica tener su propio número de Seguridad Social y, si procede, estar dado de alta en un régimen laboral o alternativo. No es necesario que haya trabajado, pudiendo solicitar el alta voluntaria o acceder por desempleo. Si el joven ha cotizado con anterioridad y perdió el empleo, no se reactiva automáticamente su condición de beneficiario familiar, teniendo los padres que realizar un trámite para que, excepcionalmente, vuelva a figurar en su cobertura.

Respecto al libro de familia, que refleja la situación legal de los hijos menores, a los 26 años no se emite una actualización, ya que este documento no se renueva con la mayoría de edad. Simplemente, en las consultas administrativas posteriores, los sistemas dejan de reconocer la dependencia del hijo, centrándose en su propia información registral. No obstante, sigue reflejada su filiación.

¿Qué sucede con las prestaciones al llegar a esa edad?

Al cumplir los 26 años, los hijos ya no son considerados dependientes en los complementos por cargas familiares, lo que puede reducir la base de cotización o el nivel de protección de los padres si quedan inscritos como carga. Para las prestaciones como el subsidio por desempleo, la edad no supone un obstáculo directo, pero sí deja de influir el hecho de que se tenga o no familia a cargo. Esto puede variar la cuantía de la prestación.

En cuanto a las prestaciones familiares no contributivas, como algunas ayudas por hijo a cargo con discapacidad, estas finalizan cuando se cruza el límite de edad, salvo que exista una discapacidad mayor al 65 %, caso en el que pueden prolongarse. El Ingreso Mínimo Vital (IMV) tampoco exige esa condición de hijo a cargo; sin embargo, la situación familiar influye en el cálculo de la unidad de convivencia, por lo que el cambio de estatus puede afectar la cuantía percibida.

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