Yolanda Díaz y sindicatos firman hoy la subida del SMI para 2026 con carácter retroactivo

El salario mínimo interprofesional sube un 3,1 % en 2026, con efectos desde el 1 de enero, y alcanzará a unos 2,5 millones de trabajadores.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, formalizará este lunes el acuerdo con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, para elevar el SMI hasta 1.221 euros mensuales en 14 pagas (17.094 euros al año). La firma será a las 11.30 en el Ministerio de Trabajo y contará con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Además, el Ejecutivo prevé ajustes fiscales relacionados con el salario mínimo profesional para evitar un mayor impacto en la declaración.

La firma es este lunes en Trabajo y el paso clave del Consejo de Ministros de mañana

Tras la rúbrica de hoy, prevista sobre las 11 de la mañana, el Ejecutivo prevé aprobar el real decreto en el Consejo de Ministros del martes. Después llegará la publicación en el BOE y, a partir de ahí, las empresas deberán adaptar las nóminas.

¿Cuándo se notará en el bolsillo? Si los plazos administrativos lo permiten, el ajuste podría verse ya en febrero e incluir el abono retroactivo de enero, porque la subida se aplica desde el 1 de enero.

Cuánto sube el salario mínimo en 2026 y a quién llega

La actualización sitúa el SMI en 17.094 euros brutos anuales y en 40,70 euros brutos al día con carácter general. En comparación con 2025 (1.184 euros al mes), la mejora supone 37 euros más al mes y 518 euros adicionales al año. Para tenerlo a mano, estas son las cifras principales:

ConceptoReferencia 2026
SMI mensual (14 pagas)1.221 €
SMI anual17.094 €
SMI diario general40,70 €
Aumento anual frente a 2025+518 €

Trabajo destaca que el efecto se concentra en colectivos con menor capacidad de negociación y en actividades donde el salario mínimo marca el paso, como el campo o el empleo doméstico.

Las cuantías para temporeros y empleadas del hogar que fija el decreto

El texto también fija importes específicos. Para eventuales y temporeros, el salario mínimo por jornada legal quedará en 57,82 euros. Para las empleadas del hogar, la referencia será de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

Ojo: en trabajos por días u horas, una pequeña diferencia de cálculo puede cambiar la nómina. Merece la pena comprobarlo.

Revisión de contratos y el debate sobre absorción y compensación salarial

La subida no debería alterar, en principio, sueldos que ya superen el SMI en cómputo anual. Pero obliga a revisar contratos o acuerdos privados que, sumados en el año, queden por debajo del nuevo mínimo legal. Si estás cerca del umbral, conviene revisar tres puntos:

  • Suma anual real: salario base y complementos.
  • Nóminas desde el 1 de enero, por el efecto retroactivo.
  • Cláusulas y pactos que puedan dejarte por debajo del mínimo.

El acuerdo vuelve a cerrarse sin la patronal y será el sexto año consecutivo en el que Trabajo pacta la revalorización solo con CCOO y UGT. Además, anticipa otro debate: el Ministerio y los sindicatos quieren limitar que la subida se diluya por la compensación con pluses o incentivos. Esa clarificación no entrará en este real decreto y se tramitará en una norma aparte ligada a la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados.

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