La eficiencia energética es un concepto fundamental en la gestión responsable de los recursos disponibles en nuestro planeta. Se refiere a la optimización del uso de la energía, buscando obtener el máximo rendimiento con el menor consumo posible. Es decir, se trata de realizar actividades y operar dispositivos y sistemas de manera más inteligente, con el objetivo de reducir el desperdicio de energía y minimizar el impacto ambiental asociado. Estas ayudas se crearon ante la necesidad de que los inmuebles tengan un certificado de cumplimiento de la eficiencia, pero claro, supone un gasto importante.
Requisitos y documentación necesaria para acceder a la ayuda para la eficiencia energética
Desde el año 2013 es obligatorio tener un certificado de eficiencia energética. Así que, si vas a comprar, vender o alquilar una casa, debes obtener este certificado para presentarlo cuando sea necesario, con el resto de documentación exigida en la operación. Para poder obtener esta ayuda tendrás que cumplir con los siguientes requisitos:
- Cuando sean personas jurídicas, deberán encontrarse debidamente constituidas, según la normativa que les resulte de aplicación.
- Cuando sea la persona arrendataria de la vivienda, deberá contar con la autorización de la persona propietaria para la realización de las actuaciones objeto de la solicitud.
- Las viviendas objeto de las actuaciones para las que se solicite financiación han de constituir el domicilio habitual y permanente de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias en el momento de la solicitud de la subvención.
No todas las viviendas serán subvencionables, ya que hay que cumplir unos mínimos. Para optar a esta, tendrán que conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7%, o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, ambas referidas a la calificación energética. También habrá que aportar una serie de documentos necesarios:
- DNI/NIE/NIF de la persona o entidad solicitante.
- En el caso de que la solicitud sea presentada por una persona jurídica, acreditación de estar debidamente constituida.
- Documentación acreditativa de la titularidad de la vivienda. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral.
- En el caso de que la persona solicitante sea la persona arrendataria, autorización de la persona propietaria para la realización de las actuaciones objeto de la solicitud.
- Certificado o volante de empadronamiento de las personas residentes en la vivienda.
- Proyecto de la actuación a realizar o memoria justificativa de la actuación.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda, existente en su estado actual.
- Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios de los profesionales intervinientes.
- Reportaje fotográfico.
¿Hasta cuándo se puede realizar el trámite?
Desde la web de le Junta de Andalucía se informa que tendrá vigor hasta el 27 de diciembre de este 2024. No tenemos constancia de la posible renovación por otro año más, pero estaremos atentos para informaros de cualquier novedad. Para poder iniciar la solicitud, deberás tener autofirma instalada, en su última versión. Aconsejamos leer detenidamente cada punto de esta ayuda para la eficiencia energética, para comprender bien todos sus pros y contras.
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