El próximo 15 de septiembre, está previsto que finalice el plazo para solicitar las ayudas de hasta 7.200 euros, destinadas a favorecer la conciliación. La Junta de Andalucía, se une al resto de administraciones públicas, tratando de aunar esfuerzos para que los trabajadores puedan compaginar la actividad laboral con el cumplimiento de sus obligaciones familiares. Explicamos en este artículo, las condiciones para conseguirla, así como el tipo de perfiles a los que van dirigidas esta serie de prestaciones económicas.
La Junta de Andalucía promueve la conciliación familiar implementando 2 tipos de incentivos: cuantías
La Junta de Andalucía promueve la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, implementado unas ayudas económicas. Para ello, cuenta con una dotación presupuestaria de 600.000 euros. Las bases que regulan esta convocatoria de subvenciones se encuentran especificadas en la disposición publicada en el BOJA, de 3 de junio de 2024.
2 líneas de subvención activas: plazo abierto hasta el 15 de septiembre
La Administración pública andaluza ha puesto en marcha 2 líneas de actuación dirigidas a trabajadores autónomos que realicen nuevas contrataciones para mantener su actividad. Unos incentivos que se podrán solicitar de forma telemática hasta las 23:59 horas del 15 de septiembre de 2024. A continuación especificamos en qué consiste cada una de las ayudas y el enlace a la plataforma web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en donde ambas pueden tramitarse online.
Línea 4
La Línea 4 está destinada a “la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional”. La cuantía general es de 6.000 euros. No obstante, el incentivo se puede incrementar hasta los 7.200 euros en estos casos:
- Persona con discapacidad igual o superior al 33%.
- Si la persona a la que se contrata es una mujer.
- Víctimas de violencia de género.
- Si es un hombre menor de 30 años.
- Persona con discapacidad igual o superior al 33%.
Línea 5
Por otra parte, la Línea 5 va dirigida a la “contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar”. En este caso, estas son las cuantías:
- Por realizar un contrato de interinidad en caso de riesgo de embarazo: 3.200 euros.
- Para cubrir periodos de descanso por nacimiento, adopción o acogimientos familiar, existen estos 2 incentivos:
- 16 semanas de duración: 1.700 euros.
- 18 semanas de duración: 1.900 euros.
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