No todo el mundo tiene que pagar este tributo, pero quienes superen ciertos límites sí deberán presentar la declaración.
La campaña de la campaña de la Renta 2025 ya ha comenzado. En este contexto de obligaciones fiscales, la mayoría de los contribuyentes no tendrá que preocuparse por el Impuesto sobre el Patrimonio. Sin embargo, quienes acumulen un patrimonio elevado deben revisar bien su situación, porque una cosa es declarar y otra acabar pagando. La fundamental a tener en cuenta está en el valor de los bienes, el patrimonio neto y las reglas de cada comunidad autónoma.
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Estos son los casos en los que sí tendrás que presentar la declaración
La obligación aparece cuando se cumple al menos una de estas dos condiciones. ¿Conviene mirarlo con calma? Sí, sobre todo si hay inmuebles, fondos, acciones o derechos hereditarios.
- Tener bienes o derechos valorados en más de 2.000.000 de euros.
- Superar el mínimo exento fijado por la comunidad autónoma en el patrimonio neto, una vez descontadas deudas, cargas y obligaciones.
En ese cálculo entran inmuebles distintos de la vivienda habitual, dinero en cuentas, depósitos, acciones, fondos o derechos como un usufructo. Además, no existe declaración conjunta: si estás casado, cada cónyuge declara sus bienes y su parte de los compartidos.
Los mínimos exentos por comunidad autónoma pueden cambiar por completo el resultado
Aquí muchos contribuyentes pueden llevarse una sorpresa. El mínimo general es de 700.000 euros, pero varias autonomías han fijado cifras distintas y, en algunos casos, ventajas específicas por discapacidad.
| Comunidad o supuesto | Mínimo exento |
|---|---|
| Régimen general | 700.000 euros |
| Andalucía, discapacidad desde el 33% | 1.250.000 euros |
| Andalucía, discapacidad desde el 65% | 1.500.000 euros |
| Baleares | 3.000.000 euros |
| Cataluña | 500.000 euros |
| Comunidad Valenciana | 1.000.000 euros |
| Murcia | 3.700.000 euros |
Extremadura también modifica el umbral: parte de 500.000 euros y sube a 600.000, 700.000 u 800.000 euros según el grado de discapacidad. Por lo tanto, revisar la comunidad de residencia fiscal no es un detalle menor.
Así se calcula la cuota y qué papel juega el impuesto de grandes fortunas
Una vez determinado el patrimonio neto y aplicado el mínimo exento, la parte que sobra forma la base liquidable. Esa cantidad tributa según la escala aprobada por la comunidad autónoma o, si no existe una propia, según la estatal.
Después pueden aplicarse deducciones y bonificaciones, por ejemplo por residencia en Ceuta y Melilla o por doble imposición internacional. También puede haber ajustes para evitar una carga excesiva al coincidir con el IRPF. Y aún hay otro elemento: el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Si el impuesto sobre el patrimonio resulta muy bajo o queda en cero por las bonificaciones, ese otro tributo sí puede exigir pago. En Andalucía, mientras siga vigente, existe una bonificación ligada a la diferencia entre ambas cuotas.
La declaración del impuesto sobre el patrimonio solo puede presentarse por internet
La campaña de la Renta 2026 arranca el 8 de abril y termina el 30 de junio. En caso de domiciliación del pago, la fecha límite se adelanta al 25 de junio. La presentación debe hacerse por internet y exige certificado digital, PIN 24 horas o número de referencia cuando el resultado sea cero o se domicilie el ingreso.
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