Tarjeta acreditativa de discapacidad en Andalucía: cómo pedirla, usarla y qué hacer si se pierde

Guía práctica para residentes con un grado reconocido del 33% o más: emisión de oficio, envío por correo certificado y opción de descarga en la carpeta ciudadana.

La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad permite demostrar, de forma ágil y válida, el porcentaje reconocido a su titular en Andalucía. Es un documento personal e intransferible que surte los mismos efectos que la resolución administrativa y facilita el acceso a servicios y beneficios. ¿Para quién es y cómo se consigue? Aquí va la explicación, clara y al grano.

Qué es la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y para qué sirve en Andalucía

Acredita oficialmente el grado de discapacidad reconocido y, cuando procede, indica si hay movilidad reducida. Su uso es sencillo: debe presentarse junto al DNI o NIE y, si una administración lo solicita, también puede exhibirse la resolución de reconocimiento. Existe un formato único para todos los tipos de discapacidad, pensado para que el trámite diario sea más cómodo. Los derechos vinculados dependen de factores como porcentaje, edad o ingresos familiares; por tanto, cada caso requiere un estudio individual.

Antes de entrar en requisitos y trámites, conviene tener a mano las características del modelo oficial. Esto te ayudará a identificar tu tarjeta y a comprobar que todo está correcto.

AspectoDetalle
DimensionesLongitud: 85,60 mm; Anchura: 53,98 mm; Grosor: 0,76 mm.
Formato y seguridadPlastificada e incluye medidas de seguridad contra falsificación.
ColoresBlanco, verde pantone 356, azul pantone 2708 y azul pantone 294.
Información del anversoNombre y apellidos; DNI o NIE; porcentaje; validez (definitiva o con fecha); baremo de movilidad sí/no.

Como ves, es un documento compacto y seguro, pensado para el día a día.

Quién puede solicitar la tarjeta acreditativa andaluza y qué documentos necesita presentar

Pueden ser titulares las personas residentes en Andalucía con un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido mediante resolución. La tarjeta se emite de oficio, en un único acto, junto con la resolución, el certificado, el dictamen técnico facultativo y la propia concesión. ¿Cómo se llega hasta ahí? Tras la valoración del Centro de Valoración y Orientación de la provincia. En el uso habitual, basta con llevarla junto al DNI o NIE; si una administración lo requiere, se puede mostrar la resolución. Los órganos competentes para expedirla son las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en integración social, a través de los citados Centros de Valoración y Orientación.

La tarjeta llega por correo certificado al domicilio de la persona interesada. ¿No te ha llegado? ¿La has perdido o te la han robado? En esos casos, puede solicitarse a través del Teléfono de Información sobre Discapacidad 900 555 564. Además, si dispones de certificado digital, también es posible descargarla desde la carpeta ciudadana, una opción útil para disponer de un duplicado sin esperas. Práctico, ¿verdad?

Vigencia, modificaciones del grado y causas de cancelación de la tarjeta

La tarjeta indicará expresamente su vigencia: puede ser permanente o temporal, con fecha de caducidad cuando proceda. Si una resolución judicial o administrativa modifica el grado, se actúa de dos formas: si baja por debajo del 33%, hay que devolver la tarjeta; si cambia el porcentaje, pero se mantiene el reconocimiento, se emite de oficio una nueva con el grado actualizado. El Centro de Valoración y Orientación también puede cancelar la tarjeta en supuestos tasados. En resumen, debes actuar en estos supuestos:

  • Si el grado baja por debajo del 33%, devolverla en 10 días desde la firmeza de la resolución.
  • Si hay pérdida, robo o sustracción, comunicarlo y pedir una nueva; en caso de robo, aportar denuncia previa.
  • En uso fraudulento o fallecimiento, el Centro cancelará la tarjeta de oficio.

Por último, recuerda que las administraciones pueden pedir la resolución si lo consideran oportuno. Así de claro: tarjeta, documento identificativo y, cuando proceda, resolución. Con eso, tendrás todo listo para acreditar tu condición cuando haga falta.

Además, si quieres saber más sobre trámites y gestiones con la Administración pública, te recomendamos que consultes las publicaciones de nuestra plataforma web de información de la comunidad autónoma de Andalucía.

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