Es importante que estés al día de todas las actualizaciones de Hacienda. La Agencia Tributaria constantemente actualiza las obligaciones fiscales, por lo que no debes eludirlas, tanto por responsabilidad ciudadana, como por las multas con las que te pueden castigar si lo haces. Ahora, Hacienda recuerda que es obligatorio presentar un modelo antes del 31 de marzo. No es un asunto baladí: si se te olvida o tiene errores, podrán penalizarte con sanciones que alcanzan los 20.000 euros.
¿Cuál es el modelo que Hacienda recuerda que tienes que presentar?
Están obligados a presentar el Modelo 720 las personas físicas residentes en España que posean bienes o derechos en el extranjero que superen los 50.000 euros en alguna de estas categorías:
- Cuentas bancarias en entidades extranjeras, ya sean titulares, beneficiarios o autorizados.
- Valores, derechos, seguros y rentas generados fuera del país (inversiones, bonos, fondos de inversión y seguros de vida).
- Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles ubicados en el extranjero.
Si como contribuyente ya presentaste el Modelo 720 en años anteriores, deberás volver a hacerlo si el valor de los activos ha aumentado en más de 20.000 euros respecto a la última declaración realizada. De lo contrario, podrías enfrentarte a sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Y es que, precisamente, el objetivo de Hacienda es controlar el fraude fiscal y que los residentes fiscales en España garanticen la transparencia de su patrimonio. Los campos obligatorios que debes responder relativos a bienes y derechos, están señalados en rojo en el formulario, pero te los recordamos:
- Clave de condición del declarante.
- Clave tipo de bien o derecho.
- Subclave de bien o derecho.
- Código de país. (Anexo 2 de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre).
- (Domicilio de la entidad/ubicación del inmueble).
- Código país. (Anexo 2 de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre).
- Origen del bien o derecho (Si es el primer ejercicio que se declara, si se transmite o si se vuelve a declarar por incrementarse los valores conjuntos en más de 20.000 €).
- Porcentaje de participación – Cuando se trata de “autorizados” este campo no es obligatorio.
Si te olvidas, la Agencia Tributaria te multará
El incumplimiento de esta obligación fiscal puede suponer altas sanciones económicas. Estas dependen del tipo de infracción cometida. Si no presentas el Modelo 720 o lo entregas fuera de plazo, la penalización está entre 10.000 a 20.000 euros. Si tiene errores o respuestas inexactas, pero sin perjuicio económico para Hacienda, las multas son de 150 euros, hasta el 2% del valor de los activos no declarados. En el caso de que no comuniques correctamente el domicilio fiscal, la sanción es de 100 euros.
Como mencionamos a principios de este artículo, la fecha límite para presentar este modelo, es el 31 de marzo, aunque la Agencia Tributaria recomienda no dejar la presentación para el último momento, por si surgen dudas. Este trámite debe realizarse de manera telemática a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Si eres residente en España, pero atesoras bienes en el extranjero que superan los 50.000 euros, no te olvides de cumplir con esta obligación ante Hacienda. Para seguir leyendo noticias sobre estas gestiones, no dejes de visitar nuestra sección de trámites.