Propietarios e inquilinos deberán adaptarse a un marco más transparente que arrancó el pasado mes de julio de 2025 y fija requisitos energéticos en 2030.
La Unión Europea ha dado luz verde a un paquete normativo que sacudirá el mercado de alquileres turísticos de corta duración. Desde el pasado mes de julio, los propietarios estarán obligados a registrar sus viviendas, aplicar IVA y respetar topes a las subidas de precio, mientras que las plataformas de anuncios deberán verificar cada inmueble. ¿El objetivo? Mejorar la transparencia, reforzar la seguridad y facilitar el acceso a la vivienda.
Cómo afectará el registro obligatorio de alojamientos a los propietarios desde 2025
El primer gran cambio obliga a inscribir cada alojamiento de corta estancia en el registro autonómico correspondiente. Sin ese número, la vivienda no podrá anunciarse ni alquilarse legalmente. Para los propietarios supone un trámite extra, pero también la oportunidad de acreditar que operan dentro de la legalidad. Por lo tanto, es mejor prevenir sanciones que lamentarlas.
En este contexto, las plataformas deberán mostrar el número de registro y verificar los inmuebles anunciados. Por consiguiente, Booking, Airbnb y compañía, tendrán que comprobar que el código facilitado por el anfitrión es auténtico y exhibirlo de forma visible en todos los anuncios. Además, se exponen a multas si publicitan alojamientos no registrados. ¿Eres anfitrión? Mantén tu ficha al día o tu hogar vacacional podría desaparecer del mapa digital antes de lo que imaginas.
Fiscalidad e IVA: por qué los alquileres turísticos cuentan como actividad económica
A efectos tributarios, la Unión Europea equipara estas estancias cortas a cualquier servicio empresarial. Esto significa que los alquileres deberán repercutir el IVA vigente en su país, recordemos que en España, el 21 %, y declararlo trimestralmente. De ahí que muchos propietarios estén revisando ya sus precios para no perder rentabilidad.
Por otra parte, la norma introduce techos tanto para los acuerdos firmados después de su entrada en vigor como para los vigentes. El tope se ajustará anualmente con un índice oficial aún por definir. Por tanto, subir la tarifa sin control dejará de ser una opción. ¿Te preocupa cómo afectará a tus ingresos? Planifica con antelación y evita sorpresas.
Ventanilla Única Digital: paso a paso para completar el trámite en línea
Para simplificar gestiones, la Comisión lanzó el pasado mes de julio, una plataforma común donde presentar toda la documentación: formulario de alta, confirmación catastral, certificado de habitabilidad y justificante del pago de tasas. El procedimiento se podrá realizar también en las oficinas autonómicas, pero la vía online promete ser más rápida. Recordemos las obligaciones esenciales que corresponden a los propietarios. En primer lugar, antes de lanzarte a publicar tu vivienda, toma nota de los requisitos que no podrás pasar por alto:
- Obtener el número de registro autonómico y renovarlo cuando corresponda.
- Exhibir ese código en cada anuncio y facilitarlo al inquilino.
- Aplicar IVA en todas las facturas y llevar un libro de ingresos.
- Respetar los límites anuales de actualización de la renta.
- Conservar la documentación durante al menos cinco años por si hay inspecciones.
Además, no hay que perder de vista que, a partir de 2030, será imprescindible contar con una calificación energética mínima (la letra concreta se fijará en los próximos meses) para alquilar o vender la vivienda. Aunque pueda suponer una inversión inicial, la mejora reducirá el consumo y hará más atractiva la propiedad a ojos del viajero, que ganará en confort y ahorrará en suministros.
Calendario oficial de entrada en vigor y documentación que tendrás que presentar
A continuación se resumen las fechas clave y el papel que debe tener listo cada parte implicada:
Fecha límite | Requisito que entra en vigor |
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Julio 2025 | Registro de alojamiento y verificación por plataforma |
Julio 2025 | Puesta en marcha de la Ventanilla Única Digital |
Julio 2025 | Aplicación obligatoria de IVA a los alquileres turísticos |
Julio 2025 | Límites a la actualización de precios de renta |
2030 | Exigencia de calificación energética mínima para alquilar o vender |
Como ves, el calendario aprieta. Si eres propietario, conviene empezar ya con auditorías energéticas y recopilación de papeles. Y si eres inquilino, prepárate para un mercado más seguro, con anuncios verificados y viviendas cada vez más sostenibles. Continúa con nosotros a diario para estar informado a cerca de otros trámites y gestiones.