La consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Carolina España, ha recordado que buena parte de las deducciones en el tramo autonómico del IRPF requieren que el contribuyente haga constar, de forma expresa, situaciones como el nacimiento de un hijo o la compra de vivienda. Este aviso coincide con el inicio de la campaña de la Renta 2024-2025, ya iniciada en toda España. Aunque ciertas bajadas de impuestos se aplican de manera automática (como la deflactación de los primeros tramos o los mínimos personales), otras solo podrán practicarse si se detallan al hacer la declaración.
Los requisitos clave para beneficiarse de las deducciones autonómicas en la campaña de la Renta 2024/25
¿Quién puede optar a estos incentivos? En la mayoría de los casos, cualquier persona que tribute en Andalucía y cumpla con condiciones específicas, como ser menor de 35 años, para deducirse el alquiler o residir en un municipio con menos de 3.000 habitantes. Resulta esencial revisar cada supuesto para no dejar pasar ninguna ventaja. Además, la consejera insiste en que una buena planificación de la declaración ayuda a aprovechar mejor los beneficios fiscales. Para una visión rápida, conviene anotar las principales deducciones disponibles:
- Nacimiento, adopción o acogimiento.
- Familias numerosas y monoparentales.
- Adquisición o alquiler de vivienda.
- Discapacidad.
- Contratación de ayuda doméstica.
- Formación en idiomas o nuevas tecnologías.
- Conservación del medio ambiente.
- Participaciones empresariales.
- Residir en municipios en riesgo de despoblación.
Cómo se aplican los beneficios fiscales por nacimiento, vivienda y otras circunstancias personales en Andalucía
La Junta de Andalucía detalla cuantías concretas que pueden aliviar el pago de impuestos. A modo de ejemplo, destaca la deducción de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o en acogimiento familiar, que se eleva a 600 euros si se trata de adopción internacional. Si la familia vive en un municipio con riesgo de despoblación, estas cantidades pueden duplicarse.
La vivienda también se sitúa en el centro de las ventajas fiscales, con un 5% de deducción para menores de 35 años o para cualquier edad si se trata de vivienda protegida. En alquiler, el porcentaje asciende hasta el 15% para jóvenes, mayores de 65 años y víctimas de violencia doméstica o terrorismo. Además, se incluyen rebajas en los tipos del ITP-AJD, lo que puede aliviar la compra de inmuebles.
Para mayor claridad, esta tabla resume algunas deducciones principales:
Concepto | Importe/Deducción |
---|---|
Nacimiento, adopción o acogimiento familiar | 200 € (600 € si adopción internacional) |
Familias numerosas (general / especial) | 200 € / 400 € |
Familias monoparentales | 100 € (más 100 € por cada ascendiente mayor de 75 años) |
Adquisición de vivienda (menores de 35 años) | 5% |
Alquiler (menores 35 / mayores 65 / víctimas) | 15% |
Como se observa, las cifras pueden variar en función del tipo de familia y otras circunstancias personales. Del mismo modo, existen deducciones por discapacidad (150 euros, o 100 euros si el cónyuge supera un 65% de discapacidad), por estudios de idiomas e informática (hasta 150 euros por hijo) o por contratación de ayuda doméstica (20% de los gastos de Seguridad Social, con un máximo de 500 euros).
Pasos finales para no olvidar ninguna deducción y aprovechar al máximo la declaración
¿Tienes claro cuáles de estas ayudas puedes solicitar en Andalucía? No basta con conocerlas: hay que indicarlas en el momento de elaborar la declaración. Por eso, conviene revisar detenidamente la plataforma o el formulario de la Agencia Tributaria, así como tener la documentación que justifique cada circunstancia. En caso de duda, es recomendable acudir a la oficina de Hacienda más cercana o a un profesional tributario de confianza.
En suma, si quieres conocer otras novedades sobre la renta y cómo aprovechar al máximo las novedades fiscales, te animamos a visitar la sección de trámites de nuestro periódico digital de noticias de Andalucía.