Guía práctica de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para bajar la factura del IRPF con deducciones, retribuciones exentas y planes de pensiones.
En la recta final del año todavía hay margen para recortar lo que pagarás en la próxima declaración. La clave está en actuar ahora: justificar gastos deducibles, acreditar circunstancias familiares, optimizar tu nómina y planificar aportaciones o inversiones. ¿Listo para pagar menos sin complicaciones? Estas recomendaciones están dirigidas a trabajadores, pensionistas, personas en paro, propietarios e inquilinos, con medidas que conviene activar antes del 1 de enero de 2026.
Fechas clave de fin de año para aplicar deducciones y ventajas fiscales en la próxima declaración de la renta
Para beneficiarse de estos trucos fiscales y pagar menos IRPF en la próxima Renta, el momento es ahora, es decir, antes del 1 de enero de 2026. Las obras energéticas deben estar terminadas en 2025 y contar con certificados de antes y después, con reducción del 30% o calificación A o B. Si compras un vehículo eléctrico, híbrido enchufable o de pila de combustible, la deducción del 15% exige compra y matriculación en 2025 (o al menos un 25% pagado en 2025 y finalizar antes del 31 de diciembre de 2027). Las pérdidas de 2021 son la última oportunidad para compensar este año. Y si vas a cumplir 65, espera para vender tu vivienda habitual. Medidas rápidas que puedes activar hoy mismo para pagar menos IRPF:
- Reúne justificantes de gastos deducibles de 2025 (salud, alquiler, guardería, educación, agua, energía, donativos).
- Acredita familia numerosa, discapacidad o dependencia y valora el cobro anticipado de deducciones (hasta 1.200 €, y 2.400 € en categoría especial; madres trabajadoras hasta 100 €/mes y hasta 1.000 € extra por guardería).
- Negocia retribuciones exentas: cheques restaurante (hasta 11 €/día), transporte (136,36 €/mes y 1.500 €/año), seguros de salud (500 € por asegurado; 1.500 € con discapacidad), formación o acciones de empresa (12.000 €, o 50.000 € si es emergente).
- Si vas a vender vivienda y te falta poco para los 65, espera; y para otros inmuebles, valora una renta vitalicia (hasta 240.000 € en seis meses).
- Amortiza hipoteca si mantienes derecho a deducción por vivienda habitual: 15% sobre base máxima de 9.040 € (máximo 1.356 €).
- Aprovecha la deducción del 60% en obras de eficiencia (hasta 5.000 € al año y 15.000 € acumulables en varios ejercicios).
- Con inquilinos morosos, declara “saldo de dudoso cobro” si hay insolvencia o han pasado seis meses desde la primera gestión.
- Planifica compensaciones: vende activos con pérdidas para restarlas de ganancias, evitando recomprar en 2 meses (acciones y fondos) o 1 año (otros bienes).
Actuar antes del cierre del ejercicio marca la diferencia. Por eso, mejor no dejarlo para el último día: que no te pille el toro.
Cómo solicitar y acreditar deducciones autonómicas y familiares paso a paso sin perderte en los trámites esenciales
Conserva facturas y pagos bancarios de todos los gastos deducibles de 2025; muchas deducciones autonómicas dependen de límites de renta. Para circunstancias familiares, tramita el título de familia numerosa y el reconocimiento de discapacidad o dependencia cuanto antes: si te conceden al menos un 33%, podrás ajustar el ejercicio 2025.
Por otra parte, las madres trabajadoras pueden pedir el abono anticipado mensual. En la empresa, comunica cambios personales para que te retengan menos IRPF y acuerda retribuciones en especie exentas. Para obras energéticas, reúne certificados energéticos previos y posteriores. Y en alquileres, guarda contratos, recibos y gestiones de cobro.
Documentación necesaria, organismos implicados y vías para tramitar estas medidas fiscales y contributivas con seguridad jurídica
La tramitación se apoya en justificantes ante Hacienda y, en su caso, ante tu comunidad autónoma. Intervienen también tu empresa (retenciones y retribuciones en especie), guarderías, entidades sin fines lucrativos (donativos), comercializadoras de energía, aseguradoras y concesionarios. Para planificar aportaciones a planes de pensiones, recuerda los límites de 2025. Cuánto puedes aportar al plan de tu trabajo:
| Rentas netas del trabajo | Aportación de la empresa | Aportación máxima del trabajador |
|---|---|---|
| Más de 60.000 € | Hasta 4.250 € | = Aportación empresarial |
| Menos de 60.000 € | Hasta 500 € | = Aportación empresarial x 2,5 |
| Menos de 60.000 € | De 500,01 a 1.500 € | = [(Aportación empresarial – 500) x 0,25] + 1.250 |
| Menos de 60.000 € | Más de 1.500 € | = Aportación empresarial |
Además, las aportaciones individuales suman hasta 1.500 € al año, el conjunto de empleo puede crecer hasta 8.500 €, y el tope global es el 30% de rendimientos del trabajo y actividades económicas. También puedes aportar hasta 1.000 € al plan de tu cónyuge si sus rentas no superan 8.000 €. Y, atento, porque excederse puede conllevar sanción de hasta el 50%, salvo retirada del exceso antes del 30 de junio de 2026.
En resumen, con orden y antelación puedes rebajar la factura fiscal sin sobresaltos. ¿Cuál de estas medidas activarás primero? Te recomendamos que estés al tanto de otros asuntos relacionados con trámites y gestiones fiscales o administrativas en nuestra plataforma web de noticias.