Los mutualistas jubilados ya pueden solicitar en la campaña fiscal que se tramita en 2026 la devolución correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
La devolución afecta a pensionistas mutualistas con derecho a una menor tributación por antiguas cotizaciones realizadas antes de la integración en la Seguridad Social. Los jubilados y pensionistas con aportaciones a mutualidades laborales en los años 60 y 70 pueden beneficiarse de esta devolución al presentar su declaración. Aunque hay que tener en cuenta que esta solicitud solo corresponde a 2025 y no sustituye a las devoluciones pendientes de 2019, 2020, 2021 y 2022, que siguen su propio recorrido ante Hacienda.
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Qué pensionistas mutualistas pueden pedir la devolución de 2025 en la Renta
Tienen derecho a esta ventaja fiscal quienes cotizaron a mutualidades laborales antes de su integración en la Seguridad Social y realizaron aportaciones que no pudieron reducirse en el IRPF según la normativa vigente en aquel momento.
El Tribunal Supremo reconoció en 2023 que estos pensionistas pueden aplicar una reducción fiscal del 25% sobre las cotizaciones realizadas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. En la práctica, eso supone que solo tribute el 75% de esa parte de la pensión. En los periodos anteriores a 1967, la reducción puede llegar al 100%.
¿Quién entra exactamente en este grupo? Sobre todo, quienes cobran una pensión de jubilación o incapacidad permanente vinculada a esas antiguas aportaciones. Antes de seguir, conviene tener clara esta diferencia:
| Devolución de 2025 | Se pide ahora, al presentar la Renta de 2025 |
| Devoluciones de 2019 a 2022 | Son independientes y pueden seguir pendientes |
| Reducción aplicable | Depende del periodo cotizado en la mutualidad |
Esta reducción se calcula de forma proporcional al tiempo cotizado en la mutualidad, con el límite del 31 de diciembre de 1978 y en relación con toda la vida laboral o, en su caso, con 35 años de cotización.
Así se solicita la devolución en Renta Web durante la campaña de 2026
La solicitud se realiza dentro de la propia declaración, a través de Renta Web. Cuando el contribuyente accede a su borrador, el sistema puede mostrar un aviso informativo si le corresponde esta devolución y, además, facilitar un enlace directo al formulario. Para no perderse, estos son los pasos principales:
- Entrar en el borrador de la declaración de la Renta 2025.
- Comprobar si aparece el aviso informativo sobre la devolución.
- Acceder al formulario integrado en Renta Web.
- Revisar los datos antes de presentar la autoliquidación.
Este sistema ya se empezó a aplicar en la campaña de la Renta 2024, presentada entre abril y junio de 2025, cuando se sustituyó el modelo dual anterior por un procedimiento único de corrección. Ahora, además, se incorpora una casilla específica para pedir que una autoliquidación ya presentada se considere no presentada si finalmente no existía obligación de declarar.
Por lo tanto, la campaña actual no solo permite pedir la devolución de 2025, sino que también simplifica parte del trámite. Y eso, para muchos pensionistas, no es un detalle menor. Para más información sobre la Renta, consulta nuestra sección de trámites.
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