La Unión Europea aprueba que los jóvenes de 17 años conduzcan acompañados. Te contamos los detalles de la nueva norma que se debe implementar próximamente en España.
La normativa entrará en vigor 20 días después de su publicación el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), que se puede consultar online a través del portal oficial EUR-Lex. A partir de ahí, Tráfico analizará el texto y arrancará la reforma de la Ley de Tráfico y del Reglamento General de Circulación que permitirá conducir a los jóvenes de 17 años en España. ¿El calendario real? Podrían pasar un par de años hasta ver a los primeros menores conduciendo con acompañante en nuestro país. Veámoslo con más detalle.
Quién podrá conducir con 17 años y qué condiciones exigirá la DGT
Cumplir 17 años abrirá la puerta al permiso B, pero con supervisión hasta la mayoría de edad. El proceso para obtener el carnet no cambia: formación en autoescuela, exámenes y, durante el primer año, conducción acompañada. Será, en la práctica, “otra forma de llevar la L”. El director del Servei Català de Trànsit resume la reforma como propuestas “simples y esclarecedoras”.
Estos serán los requisitos del adulto acompañante durante ese periodo. En primer lugar, deberá tener al menos 25 años. También, contar con 5 años de experiencia y sin prohibición de conducir durante ese tiempo. Con esta fórmula, se busca una transición segura hacia la conducción autónoma. ¿Podrás conducir solo con 17? No, no podrás hacerlo hasta cumplir 18, además, la supervisión será obligatoria.
Fechas de entrada en vigor europea y plazos para aplicarla en España
La nueva norma rige 20 días después de publicarse en el boletín de la UE. Luego, los Estados miembros disponen de 3 años para transponerla a su legislación y 1 año adicional para preparar su implementación. En España, la DGT ya ha trabajado escenarios previos, pero solo examinará el texto definitivo cuando se publique oficialmente. Por tanto, lo razonable es un despliegue escalonado, primero legal y después formativo.
El ciudadano seguirá el circuito habitual para obtener el carnet de conducir, es decir, autoescuela, pruebas teóricas y prácticas y, tras superar los exámenes, obtención del permiso B. La novedad es el régimen de acompañamiento hasta los 18. En paralelo, la DGT ajustará contenidos formativos y exámenes a las nuevas exigencias. Además, los conductores noveles afrontarán un periodo de prueba de dos años con sanciones más estrictas por alcohol, no usar cinturón o sistemas infantiles. Ojo, aquí se eleva el listón de responsabilidad.
Nuevas edades para permisos B, C y D y su impacto laboral inmediato
La reforma también persigue aliviar la falta de camioneros. Se permitirá que con 18 años se pueda obtener el permiso C (camiones) y con 21 el D (autobuses), siempre con certificado de competencia profesional. ¿Resultado? Un acceso más rápido a empleos del transporte por carretera. A continuación, una tabla orientativa con edades y condiciones clave:
Permiso | Edad mínima nueva | Condición principal | Situación actual en España |
---|---|---|---|
B | 17 | Acompañado hasta la mayoría de edad | 18 |
C | 18 | Con certificado de competencia profesional | 18 con CAP; 21 sin CAP |
D | 21 | Con certificado de competencia profesional | 24 |
Este ajuste podría acelerar la entrada de jóvenes al sector, siempre bajo formación reforzada y controles de seguridad.
Por consiguiente, la UE busca unificar criterios y reducir siniestralidad con la conducción supervisada. Habrá un periodo de prueba de dos años para noveles y sanciones más severas en conductas de riesgo. Además, la retirada del carnet por infracciones graves será efectiva en toda la Unión: los Estados deberán comunicarse sin demoras para hacerla valer también fuera del país de expedición. Conoce más noticias relacionadas con la DGT en nuestro periódico digital.