Jubilados mutualistas: Hacienda aclara el nuevo cálculo de los intereses de demora en las devoluciones del IRPF

Sigue a Andaluciainforma en Google

La AEAT explica que el interés depende de si la devolución corrige un ingreso indebido o retenciones, con efectos de la DF16 y nuevo formulario.

La Agencia Tributaria ha detallado el método de cálculo de los intereses de demora en las devoluciones del IRPF a mutualistas jubilados que pagaron de más. Tras reanudarse los pagos en agosto con la modificación de la Disposición Final 16ª de la Ley 5/2025, muchos pensionistas han recibido importes diferentes y surgen dudas: ¿de qué depende exactamente el interés?

¿Cómo calcula Hacienda los intereses de demora para mutualistas jubilados del IRPF?

El cálculo sigue el régimen de los artículos 31 y 32 de la Ley General Tributaria. La clave es el resultado de la declaración original, periodos 2019 a 2022 y anteriores no prescritos, y distinguir si la devolución corresponde a ingreso indebido (cuota ingresada) o a pagos a cuenta soportados (retenciones). En cristiano: no es lo mismo que te devuelvan lo que ingresaste de más que lo retenido en nómina.

Cuándo se generan intereses en devoluciones por ingreso indebido o retenciones

Para orientarte de un vistazo, estos son los dos supuestos que marcan la diferencia en el IRPF de los mutualistas:

  • Ingreso indebido (art. 32 LGT): los intereses se devengan desde la fecha en que se realizó el ingreso que ahora se devuelve.
  • Devolución por retenciones/pagos a cuenta (art. 31 LGT): solo hay intereses si pasan seis meses desde que se solicitó la devolución sin que se haya pagado.

Por tanto, antes de reclamar o revisar, conviene saber qué parte de tu devolución es “cuota ingresada” y cuál son “retenciones”. ¿Tu declaración salió “a ingresar” y ahora ajustan? Ojo, ahí el reloj corre desde el pago inicial.

Efectos de la Disposición Final 16 y nuevo formulario de 2025 para los mutualistas

Se añade una circunstancia excepcional: la Disposición Final 16 de la Ley 7/2024 (en vigor el 22/12/2024) dejó sin efecto solicitudes cuya devolución no se hubiera acordado antes de esa fecha y exigió presentar una nueva solicitud después, mediante el formulario habilitado el 2 de abril de 2025. Ese “impedimento temporal” afectaba a la parte de retenciones.

Para no perjudicar al pensionista mutualista, la Administración adaptó el sistema de cálculo a su favor: si se trata de retenciones, el devengo de intereses se computa desde el 22/12/2024, salvo que a esa fecha ya hubieran pasado seis meses desde tu primera solicitud; en ese caso, cuentan desde el día siguiente a cumplir esos seis meses. ¿Ves por dónde va la cosa?

Ejemplos prácticos de intereses devengados en devoluciones por retenciones ingresadas de más

La Agencia aporta dos supuestos orientativos centrados en retenciones o ingresos a cuenta. Sirven para revisar si tu caso encaja y qué fechas debes mirar con lupa.

CasoSolicitud inicialSegunda solicitudEfecto DF16 (22/12/2024)Periodo de devengo de intereses
1. Rectificación/DT2 IRPF 2019 con resultado a devolver retenciones20/03/2024La solicitud quedó sin efectosDesde 21/09/2024 hasta la orden de pago
2. Rectificación IRPF 2019 (retenciones) y formulario en sede20/03/2024 (rectificación)25/05/2024 (formulario)Ambas solicitudes quedaron sin efectosDesde 21/09/2024 hasta la orden de pago (se toma la primera solicitud)

Como ves, en el segundo supuesto se considera la primera fecha presentada para fijar el devengo, aunque hubiera otra solicitud posterior por sede electrónica. No te líes: revisa tu primer registro de entrada.

Qué deben revisar los pensionistas mutualistas para comprobar su devolución e intereses

En primer lugar, identifica si la devolución corrige un ingreso indebido (cuota que ingresaste) o retenciones soportadas. En segundo lugar, anota la fecha de tu primera solicitud: si han transcurrido seis meses sin pago, en retenciones el interés se activa desde entonces; si no, desde el 22/12/2024, por la DF16. Además, confirma si tu declaración original salió “a ingresar”, porque en esa parte el interés corre desde el propio ingreso.

Y recuerda: si tu solicitud quedó sin efecto por la DF16, el cauce fue el nuevo formulario disponible desde el 2 de abril de 2025 a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. ¿Todo en orden? Entonces, ya sabes de dónde sale cada euro. Permanece informado de más asuntos relacionados en la sección de trámites de nuestro periódico digital.

Deja un comentario