Los mutualistas con derecho a la devolución del IRPF todavía pueden solicitarla. La medida, ya en marcha, afecta a quienes cotizaron en mutualidades laborales y no pudieron reducir esas aportaciones en su día.
Quienes aún no han pedido la devolución pueden hacerlo, aunque 2019 ya no se recupera. Los sindicatos alertan de posibles rezagados por desconocimiento o por pensar que “esto no les afectaba”. Como resume Juan Sepúlveda, de CCOO: “Creemos que puede haber un número importante de personas que todavía no han hecho la reclamación”.
Quiénes pueden pedir la devolución del IRPF de mutualistas y por qué se reconoce este derecho
La devolución se dirige a mutualistas que cotizaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978, y también a quienes cotizaron antes de 1967, cuando estas se integraron en la Seguridad Social. El Congreso lo aprobó en la Disposición Final 16ª de la Ley 5/2025, en vigor desde el 26 de julio.
¿De dónde sale el derecho? De una Sentencia del Tribunal Supremo que reconoció una reducción fiscal del 25% para las cotizaciones entre 1967 y el 31 de diciembre de 1978, y de hasta el 100% para las anteriores a 1967, porque aquellas aportaciones no fueron deducibles entonces. En román paladino: si entras en esos supuestos, te devuelven lo pagado de más.
Fechas para presentar el formulario de devolución y no perder derechos en los ejercicios pendientes
Los pagos comenzaron a mediados de agosto para quienes solicitaron la devolución de las mutualidades por los cauces previstos. Si no se pidió, aún es posible hacerlo, pero con plazos. Importa, y mucho, saber que 2019 ya está perdido. Como advirtió Sepúlveda: “Las personas que no han hecho ni una sola reclamación ya han perdido un año, han perdido el año 2019”. A continuación, los límites que marca la Agencia Tributaria para que el formulario tenga efecto sobre cada año:
Límite de presentación | Ejercicios sobre los que surte efecto |
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2 de febrero de 2026 | IRPF 2020, 2021 y 2022 |
2 de febrero de 2027 | IRPF 2021 y 2022 |
2 de febrero de 2028 | IRPF 2022 |
¿Y qué pasa con quienes no hicieron la Renta por no estar obligados? Pueden pedir que la AEAT recalcule el IRPF del mutualista y, si sale a devolver, el Ministerio reintegra lo cobrado de más. Ojo: 2020 es el primer ejercicio recalculable; 2019 ya prescribió.
Cómo solicitar la devolución del IRPF a la AEAT paso a paso, con formularios y opciones disponibles
El procedimiento es claro y se canaliza por el formulario habilitado en la web de la Agencia Tributaria. También cabe la vía de autoliquidación o de rectificación, en aplicación de la Disposición Transitoria 2. ¿Tienes dudas sobre por dónde empezar?
- Presentar el formulario habilitado en la web de la AEAT.
- Usar, si procede, autoliquidación o solicitar rectificación conforme a la Disposición Transitoria 2.
- Autorizar a la AEAT el recálculo del IRPF si no se hizo declaración de la Renta.
- Respetar los plazos indicados y tener presente que 2019 no es reclamable.
Por lo tanto, el consejo práctico es sencillo: revisa si fuiste mutualista en esos periodos y elige la vía que te corresponda. ¿Y si te suena lejano o complejo? De ahí que se insista en los plazos y en el formulario como puerta de entrada.
Qué organismos públicos intervienen y cuál es el origen legal reconocido y plenamente vigente
Interviene la Agencia Tributaria (AEAT), que gestiona solicitudes, recálculos y devoluciones. El origen legal es doble: la citada Sentencia del Tribunal Supremo y su traslación normativa en la Ley 5/2025, vía Disposición Final 16ª. Además, el contexto histórico es claro: las mutualidades laborales y su posterior integración en la Seguridad Social explican por qué esas cotizaciones no pudieron reducirse y hoy generan derecho a devolución en un único pago.
En consecuencia, quedan dos mensajes clave: quien ya solicitó, verá avanzar su devolución; quien no, aún está a tiempo si cumple los supuestos y respeta los límites temporales. Por otro lado, si no hiciste Renta, la opción del recálculo puede ser fundamental para obtener la devolución del dinero. Conoce más noticias sobre otros trámites fiscales y administrativos en nuestra plataforma web.