La Campaña de la Renta 2024‑2025 encara su recta final: el 30 de junio concluye el plazo de presentación. Sin embargo, miles de contribuyentes que ya enviaron la declaración siguen esperando la devolución. Si estás en ese grupo, conviene que conozcas los márgenes que maneja Hacienda y, sobre todo, qué herramientas tienes para seguir la pista a tu expediente (y reclamar cuando toque).
Por qué la devolución puede tardar más de lo que esperabas este año
Aunque las primeras devoluciones se ordenan a las 48 horas de abrirse la campaña, el pago no siempre llega tan rápido. Los motivos habituales son:
- Cruces de datos pendientes con otras administraciones (Seguridad Social, bancos o registros autonómicos).
- Errores en la declaración, una casilla mal cumplimentada puede bloquear el proceso.
- Comprobaciones aleatorias que amplían los plazos internos de la Agencia Tributaria.
¿Te suena alguno? Si no es tu caso, sigue leyendo: puede que simplemente estés dentro del plazo normal.
Los plazos oficiales que marca la Agencia Tributaria para ingresar el dinero
Antes de preocuparte, conviene repasar los tiempos máximos fijados por ley:
Fase | Límite legal | Qué sucede si se supera |
---|---|---|
Campaña de presentación | 30 de junio de 2025 | Se cerrará el sistema para nuevas declaraciones |
Devolución al contribuyente | 6 meses desde el 1 de julio | Hacienda abona intereses de demora (4,0625 %) |
Revisión de la declaración | 4 años desde la fecha límite de presentación | Prescribe el derecho de la Agencia a reclamar o devolver |
Como ves, la Administración dispone hasta el 31 de diciembre de 2025 para devolverte el importe sin recargo. ¿Y si pasan más de seis meses? En ese caso, puedes consultar el estado de tu expediente y detectar posibles incidencias. Para salir de dudas, lo mejor es revisar el expediente online:
- Entra en la web de la Agencia Tributaria y accede a “Renta 2024‑2025”.
- Identifícate con Cl@ve PIN, DNI electrónico o referencia.
- Pulsa en “Estado de Tramitación”, ahí verás mensajes como “En tramitación”, “Con comprobación limitada” o “Declaración con incidencias”.
Si detectas un error (por ejemplo, una cuenta bancaria antigua), corrígelo cuanto antes mediante una declaración complementaria o a través de la opción “Rectificar declaración”.
Cuándo reclamar intereses de demora y qué porcentaje corresponde en 2025: pasos para acelerar la devolución
¿Ha llegado enero de 2026 y sigues sin cobrar? En ese momento puedes presentar un escrito de solicitud de intereses:
- Dónde: Registro electrónico de la AEAT o presencialmente en cualquier oficina.
- Contenido: datos personales, número de referencia de la declaración y petición expresa de abono de intereses.
- Tipo de interés: 4,0625 % anual sobre la cantidad pendiente desde el 1 de enero de 2026 hasta el día de pago efectivo.
Ojo: Hacienda suele ingresar ambos importes (devolución + intereses) en una única transferencia. También, te recomendamos seguir estos consejos para acelerar la devolución y evitar futuros bloqueos:
- Revisa tus datos bancarios: un IBAN incorrecto dispara las demoras.
- Guarda justificantes de deducciones (hipoteca, alquiler, donaciones). Podrían requerírtelos.
- Atiende los avisos en tu buzón de Notificaciones 060: una respuesta rápida reduce el tiempo de comprobación.
- Evita presentar en el último día: saturar los sistemas no juega a tu favor.
- Consulta tu declaración cada dos semanas: así detectarás cambios de estado al momento.
En resumen, Hacienda dispone de medio año desde el cierre de campaña para devolver tu dinero. Mientras tanto, vigila el expediente y soluciona enseguida cualquier incidencia. Si el 31 de diciembre no has cobrado, reclama los intereses: es tu derecho y la ley te respalda.