Hacienda publica en el BOE el nuevo gravamen bancario que reemplaza el impuesto temporal de años anteriores. Los bancos deberán presentar autoliquidaciones y pagos fraccionados basados en el margen de intereses y comisiones, lo que incrementa la presión fiscal sobre el sector financiero.
El Ministerio de Hacienda ha anunciado en el Boletín Oficial del Estado la orden que regula cómo las entidades bancarias afrontarán este nuevo impuesto directo, vigente desde el 1 de enero de 2024 y con una duración prevista de tres ejercicios. ¿Por qué es tan relevante este cambio? Porque supone gravar la fuente principal de ingresos de los bancos, modificando sustancialmente su estrategia contable para los próximos años.
La nueva orden fiscal para los bancos: un tributo directo que grava el margen de intereses y comisiones
La orden ministerial establece la metodología de cálculo y el calendario para que las entidades bancarias, incluidas sucursales extranjeras y establecimientos financieros, cumplan con el pago. Reemplaza al gravamen temporal que rigió en 2022 y 2023, y se centra específicamente en el margen de intereses y las comisiones, considerados como los pilares esenciales del negocio bancario.
Como parte de la nueva normativa, Hacienda ha creado los modelos 780 y 781 para la autoliquidación y el pago fraccionado. El objetivo es que la banca efectúe sus declaraciones de forma retroactiva desde el inicio de 2024, lo que ha suscitado algunas inquietudes en el sector.
Por qué el rechazo del decreto genera cautela en la contabilidad de las entidades bancarias
El Gobierno buscó introducir ajustes mediante un decreto ómnibus para evitar la doble contabilización de los ejercicios 2023 y 2024, pero este fue rechazado en el Congreso el 23 de diciembre de 2024. Esta negativa generó incertidumbre en múltiples entidades, que optaron por no registrar ni abonar el impuesto de 2024 de manera inmediata.
Para proteger su posición financiera, varios bancos han retrasado decisiones y ajustes, sobre todo aquellos relacionados con sus cuentas del primer trimestre de 2025. De hecho, la preocupación principal es anticipar adecuadamente los pagos de 2026, considerando que se están evaluando posibles reclamaciones legales contra el nuevo sistema de liquidación.
Calendario y procedimientos para cumplir con las obligaciones de pago en 2024, 2025 y 2026
La orden publicada aclara fechas y trámites para evitar confusiones. El pago fraccionado de 2025, por ejemplo, deberá realizarse durante los primeros 20 días naturales del sexto mes posterior al cierre de 2024. Es decir, entre comienzos y mediados de junio. ¿Te interesa saber cómo quedan las fechas principales? A continuación, una tabla que resume las claves:
Ejercicio fiscal | Modelo de declaración | Fecha aproximada de pago fraccionado |
---|---|---|
2024 | 780 | Junio de 2025 |
2025 | 780 | Junio de 2026 |
2026 | 780 | Junio de 2027 (si se mantuviera la vigencia) |
La Asociación Española de Banca (AEB) ha mostrado su desacuerdo con esta nueva imposición y ya prepara alegaciones formales. No obstante, para quienes deban cumplir con el impuesto, los pasos básicos son los siguientes:
- Revisar el margen de intereses y comisiones según la ley vigente.
- Presentar los modelos 780 y 781 con los importes autoliquidados.
- Abonar el pago fraccionado en los plazos establecidos.
- Realizar ajustes contables siguiendo la norma oficial.
Conviene tener cuidado con los tiempos y la documentación requerida, ya que un retraso puede implicar recargos y sanciones. Por tanto, se recomienda contactar con profesionales que ofrezcan asesoramiento fiscal adecuado. Esta nueva medida fiscal implica un periodo de transición y adaptación para la banca, que deberá ajustar su contabilidad y operativa a las exigencias de Hacienda.