Los pensionistas han recibido en este último mes la noticia de que a partir del 1 de enero de 2025 todas las pensiones, tanto las contributivas como las no contributivas recibirán un incremento. Esto se debe a que esta prestación se ajusta al Índice de Precios al Consumo (IPC), para proteger el poder adquisitivo de los jubilados, en especial a aquellos que sufren vulnerabilidad. Pero ahora tendrán que estar pendientes aquellos que reciben una pensión contributiva de jubilación.
Estas pensiones están sujetas a la retención del IRPF, ya que se consideran rendimientos del trabajo a efectos fiscales. Por eso, las personas que reciban este tipo de prestación, están obligadas a presentar la declaración de la renta cada año, salvo que estén exentos por no llegar al mínimo que establece la Agencia Tributaria. Para 2025, Hacienda ha modificado, tras una reforma, las retenciones en función de los ingresos de los jubilados.
Nuevos límites del IRPF de 2025
Como en España no se grava en ningún caso con un porcentaje único, sino con un sistema escalonado que equilibre el aporte de cada contribuyente en función de lo que gana. Esto se aplica también para los jubilados que perciben una pensión contributiva, aquellos que perciben una pensión más alta, tienen un porcentaje de retención mayor. En España, se establece cada año una cuantía máxima de pensión y en 2024 es de 44.450,56 euros anuales.
Los nuevos límites de retenciones de IRPF:
- Hasta 12.450 euros anuales: retención del 19%
- De 12.450 a 20.200 euros: retención del 24%
- De 20.200 a 35.200 euros: retención del 30%
- De 35.200 a 60.000 euros: retención del 37%
- De 60.000 a 300.000 euros: retención del 45%
- Más de 300.000 euros anuales: retención del 47%
El rescate del plan de pensiones
Este cambio en los límites de retenciones también afectará a los pensionistas que rescaten su plan de pensiones el año que viene. Cuando se rescata un plan de pensiones, las cantidades que se obtienen se suman a la pensión pública. Hacienda considera estos ingresos como procedentes de dos pagadores, por lo que cambia el límite que determina la obligación de presentar la declaración de la renta.
El criterio general es que si no se pasa de los 22.000 euros anuales y solo se tiene un pagador, no hay que presentar la declaración de la renta. Pero este criterio cambia cuando se tienen dos pagadores, entonces el límite para no hacerla desciende hasta los 15.000 euros anuales. Por lo tanto, esto implica que los jubilados que pretendan rescatar su plan de pensiones este año, deberán tener en cuenta estos límites y los nuevos porcentajes de retención que se aplicarán. Para minimizar el impacto fiscal y la carga tributaria se podría fraccionar el rescate a lo largo de varios ejercicios fiscales.
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