A finales del 2024, el Gobierno modificó la forma de devolución el dinero a los mutualistas. Estos, ya no van a recibir directamente el dinero que la Administración Pública les debe, sino que a partir de ahora será en plazos hasta 2029. Ahora, les falta obtener su devolución por parte de Hacienda. No obstante, la Agencia Tributaria ha especificado en su web que queda “sin efecto” el formulario de devolución para los mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024. ¿Qué sucederá ahora?
Hacienda aclara: las devoluciones se harán siguiendo un calendario anual
Asimismo, la Agencia Tributaria ha especificado que quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos. Esto les deja a los mutualistas un panorama incierto. Pero podrán recuperar su dinero teniendo en cuenta estos puntos:
- Las devoluciones se realizarán atendiendo a un calendario anual presentando formularios de solicitud de devolución disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria “durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF”. La fecha en la que arrancará será a partir del día 2 de abril (de forma online).
- A partir de este año, los mutualistas podrán solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos. Mientras, en 2026, podrán pedir la devolución del ejercicio 2020; en 2027, la del ejercicio 2021; y, en 2028, la del ejercicio 2022.
- Una cuota resultará a devolver si tras la aplicación de la DT 2ª la cuota tributaria es inferior a las cantidades previamente ingresadas por la presentación de una declaración anterior o por las retenciones soportadas.
El formulario que agiliza a los mutualistas la devolución por parte de Hacienda
Durante marzo de 2024, Hacienda puso a disposición de los mutualistas un formulario online. El objetivo era facilitarles la devolución de lo que pagaron de más en su momento a las mutualidades. Llevó a cabo este paso tras una sentencia del Tribunal Supremo. Esta determinaba que debían haber tributado por el 75% de sus pensiones y no por el 100%, tal y como lo hicieron. Gracias a este documento, mutualistas y pensionistas pudieron rectificar las declaraciones de IRPF de 2019 a 2022.
En el caso de la declaración de 2023, la Agencia Tributaria incluyó directamente el ajuste del impuesto para este colectivo. «La tramitación de los procedimientos se presentarán, prestarán y realizarán en función de la antigüedad del periodo impositivo al que corresponden a razón de un período impositivo por cada año natural iniciado a partir de 2025». Esto es lo que se puede leer en el Boletín Oficial del Estado BOE del 21 de diciembre de 2024.
Asimismo, el BOE agrega que «las devoluciones del período impositivo 2019 y de los períodos anteriores no prescritos serán exigibles a partir de 1 de enero de 2025«. Por ello, los mutualistas que quieran recuperar hasta 4.000 euros tendrán que volver a pedir las devoluciones año a año.
¿Cómo es este formulario para los mutualistas?
Este formulario que tendrán que rellenar los mutualistas y pensionistas deberá contener el número de cuenta en el que la persona quiere que le hagan el correspondiente ingreso si le corresponde. La Agencia Tributaria cuenta con todos los datos pertinentes para realizar el ajuste oportuno.
Si eres mutualista, esperamos que hayas resuelto todas tus dudas para obtener la devolución de 4.000 € por parte de Hacienda en este año. Puedes seguir consultando todas las actualizaciones en nuestra sección de trámites.