El envío de dinero a hijos, hermanos o padres es una práctica cada vez más habitual para afrontar gastos puntuales o repartir anticipos de herencia. Sin embargo, Hacienda supervisa de cerca estos ingresos para detectar posibles fraudes y donaciones encubiertas. ¿Te interesa saber más? A continuación, repasamos los aspectos esenciales para esquivar las multas y cumplir con la normativa fiscal.
Nuevos requisitos para no recibir fuertes sanciones económicas en las transferencias entre familiares
La legislación establece que las operaciones que superen los 6.000 euros se notificarán directamente a la Agencia Tributaria, e incluso las que alcancen o superen los 10.000 euros también deben comunicarse. En ese contexto, conviene diferenciar si estamos ante un préstamo familiar, que se sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (aunque con importe de 0 euros a abonar si se presenta el modelo 600 a tiempo), o una donación, sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En cualquier caso, la entidad bancaria deberá informar a Hacienda si observa movimientos inusuales. Por ello, es recomendable contar con un justificante —como un contrato de préstamo— que demuestre la devolución del dinero, evitando así la consideración de donación.
Pasos imprescindibles para justificar transferencias de dinero entre padres, hijos y otros parientes
Un error frecuente es pensar que el banco no avisará a Hacienda por cantidades “pequeñas”. Sin embargo, el control es cada vez mayor y se extiende también a operaciones repetitivas. Para prevenir sanciones, se aconseja:
- Formalizar por escrito el motivo de la transferencia (contrato de préstamo o justificante).
- Declarar la donación cuando no exista intención de devolver el dinero.
- Presentar los formularios correspondientes (modelo 600 para préstamos o impuesto autonómico para donaciones).
- Cumplir los plazos de 30 días tras la operación.
De esta forma, la Agencia Tributaria comprobará que no se trata de un fraude encubierto y que cada aportación se declara conforme a la ley. A continuación, se muestra un breve resumen de importes y obligaciones:
Importe de la transferencia | Tipo de operación | Obligación fiscal |
---|---|---|
Hasta 6.000 euros | Préstamo o donación habitual | Declarar si es donación (ISD). Préstamos: modelo 600 (importe 0). |
A partir de 6.000 euros | Préstamo o donación | Notificación automática a Hacienda. Mismas obligaciones anteriores. |
10.000 euros o más | Operaciones de mayor control | Comunicación a la Agencia Tributaria por parte del banco. |
Consejos para evitar sanciones de hasta 150.000 euros y otras consecuencias legales
Las multas pueden alcanzar el 150% del importe que debió tributarse, por lo que conviene extremar la precaución. Un préstamo familiar encubierto como donación puede derivar en graves repercusiones económicas y, en casos extremos, responsabilidades penales. De ahí que sea fundamental declarar correctamente estos movimientos y consultar la normativa de cada comunidad autónoma, ya que las bonificaciones varían.
En conclusión, lo más aconsejable es formalizar siempre los traspasos de dinero entre familiares, ya sea mediante un contrato de préstamo o mediante la correspondiente declaración de donación, ajustándose a los impuestos establecidos en cada región. Así, se evita entrar en conflictos con Hacienda y se mantiene la tranquilidad ante un posible requerimiento. Además, puedes conocer más noticias sobre otros trámites y gestiones administrativas en nuestra plataforma web de información de Andalucía.