La Dirección General de Tributos descarta que la cotitularidad sea una donación y solo investigará casos con indicios de fraude.
Los padres que comparten su cuenta bancaria con un hijo pueden respirar tranquilos: la Agencia Tributaria ha confirmado que no aplicará el impuesto de donaciones ni impondrá multas por esta práctica habitual. Una resolución de la Dirección General de Tributos (DGT), publicada el pasado 8 de abril, zanja el debate y fija las condiciones que evitarán sobresaltos con Hacienda.
Por qué Hacienda no considera donación que añadas a tu hijo como cotitular
El fisco entiende que la simple inclusión de un nuevo titular no cambia la propiedad del dinero depositado. Tal y como detalla la DGT, la cuenta sigue siendo un contrato de depósito entre el dueño del capital y el banco. El hijo solo obtiene capacidad operativa, esto es, ingresar o retirar fondos, pero el dinero no pasa a ser suyo automáticamente. En consecuencia, no existe transmisión patrimonial y, por tanto, no nace la obligación de tributar por el impuesto de sucesiones y donaciones.
La resolución del 8 de abril llega en pleno refuerzo del control fiscal anunciado por el Ministerio de Hacienda para 2025. Pese al mayor escrutinio de los movimientos bancarios, esta norma protege la cotitularidad familiar, siempre que no se utilice para ocultar traspasos de gran volumen. Es decir, si ambos titulares gestionan el dinero con normalidad, ingresos proporcionales y gastos justificados, no habrá repercusiones fiscales ni requerimientos autonómicos.
Aun así, ¿qué ocurre si el hijo ingresa la totalidad de los fondos y el padre los retira, o viceversa? Aquí entra en juego el criterio de “ánimo de defraudar”. Gestha recuerda que la Agencia Tributaria solo actuará cuando detecte patrones sospechosos, por ejemplo, retiradas periódicas que no se correspondan con ingresos previos del mismo titular.
Cuándo podría la Agencia Tributaria investigar movimientos sospechosos en cuentas compartidas
Aunque no existe campaña específica, Hacienda puede abrir expediente si aprecia indicios de donación encubierta. ¿Cuáles son las señales de alerta más habituales?
- Ingresos reiterados de un titular y retiradas del otro.
- Grandes transferencias sin justificante que superen el umbral habitual de la cuenta.
- Desfase entre la capacidad económica declarada y los movimientos reales.
En la práctica, las haciendas autonómicas, competentes en sucesiones y donaciones, solo actúan ante importes importantes o situaciones que no puedan explicarse documentalmente. Por ello, mantener justificantes de origen y destino del dinero es la mejor defensa.
Recomendaciones prácticas para padres que comparten la cuenta bancaria con sus hijos
Antes de pasar por ventanilla, conviene repasar estas pautas. De este modo evitarás sobresaltos si la Administración solicita aclaraciones.
Situación descrita en la cuenta | Consecuencia fiscal que puede esperar el titular |
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Ambos titulares ingresan y gastan de forma proporcional | Sin implicaciones: Hacienda no presume donación |
Uno ingresa grandes sumas y el otro retira habitualmente | Posible indicio de donación; la AEAT podría requerir pruebas |
Traspaso puntual de elevada cuantía sin respaldo documental | Riesgo de inspección autonómica y liquidación del impuesto |
La tabla anterior resume los tres escenarios más frecuentes y su impacto tributario. Si actúas dentro del primer supuesto, lo más probable es que tu banco no reciba ni una sola pregunta del fisco.
Por otro lado, conviene avisar al gestor bancario cuando se prevén movimientos extraordinarios: un ingreso por la venta de un coche o la devolución de un préstamo personal, por ejemplo. Así, cualquier solicitud de información tendrá respuesta inmediata.
¿Y qué pasa con las comunidades donde el impuesto de donaciones está bonificado al 99 %? En estos territorios, incluso si la Administración concluyera que hubo donación, la cuota a pagar sería simbólica. Aun así, la investigación seguirá su curso, de ahí que resulte más sencillo prevenir que justificar. Para conocer otros asuntos fiscales y económicos te recomendamos que visites nuestra sección de trámites.