Guía para inscribir tu vivienda en el Registro de la Propiedad: documentos y precios actualizados para 2025

Guía práctica para nuevos propietarios: qué aporta la inscripción, qué papeles preparar y cuánto se paga. Es un trámite voluntario, pero muy recomendable para ganar seguridad jurídica.

La inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad no es obligatoria, aunque sí habitual porque aporta certeza sobre quién figura como titular. Estos registros son públicos, dependen del Ministerio de Justicia y anotan los actos relativos al dominio y otros derechos sobre inmuebles. El trámite puede hacerlo el propio comprador, una gestoría o la notaría si ofrece el servicio. ¿Te acabas de comprar casa y no sabes por dónde empezar? Aquí, paso a paso.

Pueden inscribir los nuevos propietarios, una gestoría o la notaría que autorizó la escritura si presta este servicio. No obstante, es un proceso sencillo que puedes realizar personalmente para evitar costes añadidos. Inscribir la vivienda aporta ventajas claras: quedará registrada a nombre de los propietarios mientras no exista una sentencia judicial que diga lo contrario. Por lo tanto, refuerza la protección frente a terceros y aporta tranquilidad.

Documentación obligatoria para inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad

Antes de acudir al registro correspondiente, conviene tener preparada la documentación. ¿Qué te van a pedir exactamente?

  • Copia autorizada ante notario de la escritura pública de compraventa.
  • Impreso de autoliquidación que acredite el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  • Justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.

Tras entregar los documentos, si hubiera alguna irregularidad en la escritura o en el expediente, el registrador notificará para subsanar y continuar. De ahí que revisar bien los papeles antes de presentar ahorre tiempo.

Plazos de tramitación y pasos para presentar la solicitud de inscripción registral

En primer lugar, identifica el Registro de la Propiedad que corresponde a tu finca. Puedes verlo en la escritura, en una nota simple antigua si la tienes o localizarlo en la web del Registro introduciendo la dirección del inmueble. Posteriormente, presenta la documentación de forma presencial en el registro identificado.

¿Se puede hacer todo online? La localización del registro sí se puede consultar por Internet, pero la presentación de la documentación se realiza presencialmente. Una vez entregado el expediente, el trámite se resuelve en un plazo de 15 días hábiles desde la presentación. Cuando finalice, la finca quedará inscrita a nombre de los nuevos titulares, tal y como figurará en la Nota Simple.

Cuánto cuesta inscribir una vivienda según el arancel del Registro de la Propiedad

El coste de la inscripción viene fijado por el Real Decreto 1427/1989, que establece un arancel en función del valor de la finca. Se aplica por tramos, de la siguiente manera:

Tramo de valor de la fincaCuota registral aplicable
Hasta 6.010,12 €24,040484 €
Exceso 6.010,13–30.050,61 €1,75 € por cada 1.000 € extra
Exceso 30.050,62–60.101,21 €1,25 € por cada 1.000 € extra
Exceso 60.101,22–150.253,03 €0,75 € por cada 1.000 € extra
Exceso 150.253,04–601.012,10 €0,30 € por cada 1.000 €
Por el valor que exceda 601.012,10 €0,20 € por cada 1.000 €

¿Y en números redondos, cuánto puede salir? Como referencia orientativa: para una finca de 100.000 euros, el coste ronda los 133 euros; para una de 150.000 euros, unos 90 euros; y para una vivienda de 250.000 euros, aproximadamente 282 euros.

En resumen, el proceso se resume en tres ideas: localizar el registro competente, preparar y presentar los documentos, y esperar la calificación registral dentro del plazo. Es un trámite voluntario, sí, pero aporta seguridad y evita sorpresas. Además, puedes hacerlo tú mismo sin complicarte: papeles en regla y, como se dice, asunto resuelto. Conoce más asuntos relacionados con otros trámites en nuestro periódico digital.

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